Statstidende · 08 Oct 2026 · 17 vistas
El tribunal de Copenhague notifica públicamente un auto de prohibición de quiebra contra un demandado ausente
Por FactBox Admin

El Tribunal Marítimo y Comercial (Sø- og Handelsretten) de Copenhague ha recibido una demanda en el caso de prohibición de quiebra BS-15710/2026-SHR, interpuesta por la masa concursal de YMD Trading ApS contra Ahmed Ibrahim Hussein Kassab, cuya dirección es desconocida. Debido a que no ha sido posible realizar un segundo intento de notificación procesal, la notificación se realiza públicamente en el Statstidende el 8 de octubre de 2026, y el demandado dispone de cuatro semanas a partir de la publicación para presentar una contestación a la demanda.
El anuncio fue emitido por el Sø- og Handelsretten el 6 de octubre de 2026 y aparece en la sección del boletín para demandas y citaciones relativas a personas y empresas, bajo el número de mensaje S06102026-47. El Statstidende es el boletín oficial de Dinamarca para anuncios legales, y la notificación pública a través de este se utiliza cuando no se puede localizar a una parte por otros medios; el tribunal declara expresamente que no ha podido establecer contacto con el demandado.
Notificación pública y el plazo de cuatro semanas
- La notificación se realiza públicamente porque no ha sido posible llevar a cabo otra notificación.
- La demanda y sus anexos pueden obtenerse en el Sø- og Handelsretten, Amaliegade 35, 2. sal, 1256 København K, teléfono 9968 4600.
- La contestación a la demanda debe enviarse en un plazo de cuatro semanas a partir del anuncio a civil@shret.dk.
- La respuesta también debe indicar una dirección que pueda utilizarse para futuros contactos con el demandado.
El periodo de cuatro semanas comienza a contar desde la publicación del anuncio en sí, no desde la fecha en que se emitió la demanda. Una vez publicado el aviso, el caso puede proseguir sobre la base de la notificación pública, aunque el demandado no haya sido localizado personalmente.
Las partes y el caso
- Referencia del caso: BS-15710/2026-SHR.
- Demandante: YMD Trading ApS under konkurs, la masa concursal de una empresa declarada en quiebra.
- Demandado: Ahmed Ibrahim Hussein Kassab, cuya dirección es desconocida.
- Tribunal emisor: Sø- og Handelsretten, el tribunal especializado de Dinamarca en asuntos marítimos y comerciales, con sede en Copenhague.
- Fecha del aviso del tribunal: 6 de octubre de 2026.
El caso es una acción de prohibición de quiebra, un procedimiento en el que un tribunal decide si una persona debe ser inhabilitada para gestionar una empresa tras haber estado involucrada en una quiebra. El aviso no indica los fundamentos alegados ni la duración de la prohibición solicitada; solo hace constar que se ha recibido la demanda y que el demandado ha sido citado para responder a ella.
En qué consiste una prohibición de quiebra
El aviso remite a los lectores al sitio web del tribunal para obtener más información sobre lo que implica una prohibición de quiebra y sobre las normas contenidas en los artículos 162, 163 y el artículo 164, apartado 2, de la ley de quiebras (konkursloven). Bajo el marco general establecido en la misma edición del Statstidende, una persona sujeta a una prohibición de quiebra no podrá participar en la gestión de una empresa durante un periodo de hasta cinco años sin asumir una responsabilidad personal e ilimitada por sus obligaciones, y será inscrita en el registro de personas sujetas a dicha prohibición de la Agencia Empresarial (Erhvervsstyrelsen).
El mismo marco establece que la prohibición no se notifica personalmente al interesado, y que la resolución que la impone se pone a disposición a través del portal judicial danés. La información del registro puede ser revelada a los tribunales, la policía y el servicio de fiscalía.
Para los lectores, la publicación marca el punto en el que el caso puede avanzar sin que el demandado haya sido localizado personalmente. Si no se presenta una contestación a la demanda dentro del plazo de cuatro semanas, el proceso continúa sobre la base de la demanda notificada, y cualquier prohibición impuesta posteriormente quedaría registrada en el registro público, restringiendo la capacidad de la persona para actuar como gerente de una empresa danesa.
Fuente: Statstidende, no. S06102026-47, 8 de octubre de 2026, Stævninger og indkaldelser · Personer/firmaer (referencia oficial: S06102026-47).