Boletín Oficial de la Región de Murcia · 22 Oct 2026 · 7 vistas
Ceutí abre a agentes de la Región una plaza por movilidad
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Ceutí ha convocado un concurso de méritos para proveer, mediante movilidad, una plaza de Agente del Cuerpo de Policía Local reservada exclusivamente a funcionarios de carrera de los cuerpos de policía local de la Región de Murcia. La convocatoria se aprobó por Decreto de Alcaldía N.º 2026-1193 y se publica íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 244, de 22 de octubre de 2026, con la referencia oficial A-221026-5153.
La plaza figura en la Oferta de Empleo Público de 2026 del Consistorio, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 221, de 24 de septiembre de 2026. Las bases llevan la firma de la alcaldesa, Sonia Almela Martínez, y se fecharon en Ceutí el 25 de septiembre de 2026.
Una plaza de Grupo C1 en la escala de Administración Especial
La plaza convocada se corresponde con la siguiente clasificación:
- Grupo C, subgrupo C1.
- Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales.
- Clase Policía Local, categoría Agente, conforme al artículo 22 de la Ley 6/2019, de 4 de abril.
- Una única plaza vacante, dotada con los haberes del subgrupo C1 y los complementos del Presupuesto Municipal.
El proceso se rige por el Real Decreto Legislativo 5/2015, por la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local, por la Ley 6/2019 de Coordinación de Policías Locales de la Región de Murcia y por el Decreto regional 82/1990, de 16 de octubre. La convocatoria se publicará íntegra en el BORM y un extracto en el Boletín Oficial del Estado, mientras que el resto de actos se difundirán solo en la web municipal www.ceuti.es.
Requisitos: cuatro años de servicio y dos en el último destino
Podrán concurrir quienes acrediten, al cierre del plazo de instancias:
- Ser funcionario de carrera como Agente de la Policía Local de algún municipio de la Región de Murcia.
- Haber permanecido un mínimo de cuatro años en servicio activo en esa misma categoría en el ayuntamiento de procedencia.
- Haber transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo, salvo cese por remoción o suspensión.
- Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigidas y carecer de antecedentes penales.
- No haber sido separado por expediente disciplinario ni estar inhabilitado para empleo o cargo público.
Instancias, tasa de 30 euros y calendario
Las solicitudes, según el modelo del Anexo I, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia y se presentarán en el Registro General o por las vías del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. El plazo es de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado, aunque el primer apartado de la misma base fija 15 días hábiles, una discrepancia interna del texto oficial.
Junto a la instancia deberán aportarse el DNI, una certificación de la Secretaría General del ayuntamiento de origen, el currículum, la acreditación de méritos y el justificante del pago de la tasa de 30,00 euros, que se ingresa por transferencia en la cuenta ES76 0030 8635 86 0001053271 de Banco Santander a favor del Ayuntamiento de Ceutí. Hay reducción del 50% para miembros de familia numerosa de categoría general y para demandantes de empleo con al menos seis meses de antigüedad.
Un concurso de 50 puntos con entrevista y reconocimiento médico
El baremo reparte un máximo de 50 puntos:
- Trabajo desarrollado: hasta 5 puntos, con 0,5 por año en puestos de nivel superior.
- Cursos de formación y perfeccionamiento: hasta 10 puntos.
- Titulación académica: hasta 5 puntos, con el doctorado como máximo.
- Antigüedad por encima de los cuatro años exigidos: hasta 10 puntos, a 0,75 por año.
- Conciliación de la vida personal y familiar: hasta 5 puntos.
- Entrevista curricular: hasta 10 puntos, en cuatro bloques de 2,5.
- Méritos, premios y recompensas policiales: hasta 5 puntos.
Para superar el proceso se exigen al menos 15 puntos, y después un reconocimiento médico eliminatorio conforme al cuadro de exclusiones del Anexo I del Decreto 82/1990. El Tribunal Calificador lo presidirá el jefe del Cuerpo de Policía Local o un funcionario de carrera designado por la Alcaldía, con la Secretaria de la Corporación como secretaria-vocal y tres vocales, uno de ellos propuesto por la Dirección General competente en coordinación de policías locales, con carácter vinculante.
Cese y toma de posesión
La toma de posesión se resolverá en tres días hábiles si no hay cambio de residencia y en un mes si lo hay, contados desde el día siguiente al cese. El cese debe formalizarse en los tres días hábiles posteriores a la publicación de la resolución en el BORM, aunque el ayuntamiento de origen puede diferirlo por necesidades del servicio hasta 20 días hábiles, ampliables de forma excepcional hasta tres meses.
La convocatoria ofrece a los agentes de la Región una vía de traslado a un municipio del área metropolitana de Murcia con una sola plaza en juego, lo que reduce las opciones a un único aspirante seleccionado y convierte la antigüedad y la entrevista en los factores decisivos del baremo.
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 244, de 22 de octubre de 2026, sección IV. Administración Local, pág. 25585 (referencia oficial: A-221026-5153).