BOP de Guadalajara · 01 Oct 2026 · 24 vistas
Castilla-La Mancha publica el convenio de AESNAT con vigencia hasta 2031
Por FactBox Admin

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha ordenado la inscripción y la publicación del convenio colectivo de la empresa Actuaciones y Estudios de la Naturaleza SLNE (AESNAT SLNE), con vigencia declarada del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2031. El texto aparece en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 187, de 30 de septiembre de 2026, y la resolución está firmada por la delegada provincial Susana Blas Esteban en Guadalajara el 21 de septiembre de 2026.
Inscripción y trámites oficiales
El acuerdo dispone, en su punto primero, la inscripción del texto en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Delegación Provincial de Guadalajara y, en el segundo, su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
El convenio tuvo entrada el 15 de julio de 2026 en el registro electrónico y fue subsanado el 4 de septiembre de 2026. La resolución se apoya en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores, así como en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, y en el Decreto 64/2025, de 9 de septiembre, entre otra normativa aplicable.
El texto fue negociado por la dirección de AESNAT SLNE y por los delegados de personal de la empresa en Guadalajara el 18 de septiembre de 2023. El encabezado fija la vigencia entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2031, mientras que el artículo 3 del propio documento señala su entrada en vigor el 1 de octubre de 2024 y una duración hasta el 31 de diciembre de 2029.
Ámbito, jornada y vacaciones
El convenio regula las relaciones entre la empresa y la totalidad de su plantilla, con ámbito territorial en el territorio peninsular. El centro de trabajo se define como el monte, carretera o término municipal asociado a cada contrato, y las oficinas centrales para el personal de oficina.
- Jornada máxima: 40 horas semanales de trabajo efectivo, 8 horas diarias de lunes a viernes.
- Horario de invierno: 8:00-12:00 y 12:30-16:30; en verano, 7:00-11:00 y 11:30-15:00.
- Horario de oficina: 8:00-17:00 con media hora de comida de lunes a jueves, y de 8:00 a 14:00 los viernes.
- Vacaciones: 22 días laborables, 11 por decisión de la empresa y 11 de libre disposición del trabajador.
- Periodo de prueba: 90 días para todo el personal de nuevo ingreso.
Retribución y clasificación profesional
Las tablas salariales remiten al convenio estatal del sector forestal publicado en el BOE el 11 de julio de 2019. Entre las cuantías recogidas para 2021 figuran:
- Personal titulado universitario superior: 1.237,26 euros mensuales y 17.321,67 euros anuales.
- Personal peón forestal: 1.000 euros mensuales y 14.000 euros anuales.
- Horas extraordinarias: 7,50 euros por hora.
- Trabajo en sábado, domingo o festivo: incremento del 20% del salario diario.
El texto advierte de que, si se aprobara un Salario Mínimo Interprofesional superior a las tablas, se aplicará el SMI. La clasificación profesional se organiza en tres grupos y contempla categorías como técnico, encargado, capataz forestal, especialista y peón.
Vigilancia, igualdad y régimen disciplinario
Se constituye una Comisión Mixta Paritaria integrada por un representante de la empresa y uno de los trabajadores, con funciones de interpretación, vigilancia y conciliación, que se reúne en un plazo máximo de 15 días desde la convocatoria.
En materia de igualdad, la empresa y la representación de los trabajadores se comprometen a negociar un plan de igualdad cuando se alcance el número legal de trabajadores y a disponer de un protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo. El régimen disciplinario prevé amonestación verbal o escrita para las faltas leves, suspensión de sueldo de 2 a 30 días para las graves y de 30 a 60 días o despido para las muy graves.
El convenio fija las condiciones laborales de la plantilla de AESNAT SLNE durante varios ejercicios y ordena su publicidad oficial, lo que da seguridad jurídica a empresa y trabajadores y permite a la representación sindical vigilar su cumplimiento.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 187, de 30 de septiembre de 2026, sección I (referencia oficial: 2026_2537).