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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 14 Oct 2026 · 9 vistas

Castilla-La Mancha amplía la ejecución de fondos PRTR en residencias de mayores

Por FactBox Admin

Castilla-La Mancha amplía la ejecución de fondos PRTR en residencias de mayores

La Consejería de Bienestar Social de Castilla-La Mancha ha ampliado excepcionalmente hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo para ejecutar los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) en los proyectos de construcción de residencias destinadas a personas mayores. La medida se recoge en la Orden 145/2026, de 8 de octubre, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) núm. 197, de 14 de octubre de 2026 (referencia 2026/7360), que modifica la base duodécima de la Orden 67/2022, de 30 de marzo. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación.

La Orden 67/2022, de 30 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social, establece las bases reguladoras y convoca las subvenciones para financiar la construcción de residencias de personas mayores en la comunidad autónoma con cargo al PRTR. Estas ayudas se enmarcan en el Componente 22 “Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión”, Inversión 1, y responden al objetivo CID 323 del plan aprobado por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, en aplicación del Reglamento (UE) 2021/241.

La ejecución se integra además en el Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, cuya vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 tras la adenda publicada por Resolución de 9 de agosto de 2024 de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.

Tres ampliaciones sucesivas desde 2023

La base duodécima de la Orden 67/2022 fijó inicialmente el periodo de imputación de gastos entre la fecha de la resolución de concesión y el 31 de diciembre de 2023. Ese plazo se ha ido prorrogando de forma sucesiva:

  • Orden 200/2023, de 17 de diciembre.
  • Orden 143/2025, de 2 de octubre.
  • Orden 120/2026, de 4 de agosto, que situó la fecha final en el 15 de octubre de 2026.

El nuevo texto mantiene con carácter general ese 15 de octubre de 2026 y reserva la ampliación hasta el 31 de diciembre a los proyectos que cumplan los requisitos del Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de septiembre de 2026, publicado por Resolución de 10 de septiembre de 2026 de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda, dictado al amparo de la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio.

Certificado obligatorio y sin proyectos nuevos

Para acogerse al plazo excepcional, el órgano competente deberá certificar que los proyectos son actuaciones ya iniciadas que contribuyeron al valor declarado a la Comisión Europea en el certificado del hito u objetivo del PRTR, incluido en una solicitud de pago presentada o pendiente de presentar dentro de plazo. El expediente deberá incorporar el certificado de la entidad decisora o ejecutora exigido por el Acuerdo del Consejo de Ministros.

La orden subraya los límites de la medida:

  • No supone una prórroga del plazo para el cumplimiento del objetivo CID.
  • No ampara actuaciones nuevas ni altera el valor declarado, los hitos y objetivos alcanzados.
  • Únicamente podrán presentarse proyectos cuyas obras no hayan dado comienzo a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Se mantienen las obligaciones de justificación, seguimiento, control, verificación, prevención del fraude y conservación de la documentación.

Recursos y entrada en vigor

La norma, firmada por la consejera Bárbara García Torijano, pone fin a la vía administrativa. Contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio. La entrada en vigor se produce el mismo día de su publicación en el DOCM.

La decisión da margen a los ayuntamientos y entidades promotoras de residencias financiadas con fondos europeos, que afrontan obras de especial complejidad técnica, administrativa y financiera, pero lo condiciona a una certificación estricta: solo los proyectos ya acreditados ante Bruselas podrán imputar gastos más allá del 15 de octubre de 2026.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 197, de 14 de octubre de 2026, I.- Disposiciones Generales, pág. 36461 (referencia oficial: 2026/7360).