Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 19 Oct 2026 · 5 vistas
Castelldefels suspende un año las licencias de nuevos alojamientos turísticos
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Castelldefels ha suspendido durante un año, como máximo, la concesión de cualquier licencia o título habilitante destinado a la instalación o ampliación de establecimientos turísticos en todo el municipio. La decisión la adoptó la Junta de Gobierno Local en la sesión del 16 de octubre de 2026 y se ha hecho pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 19 de octubre de 2026, con la referencia oficial CVE 202610155087 (págs. 1-2). El acuerdo lleva la firma del alcalde, Manuel Reyes López.
La suspensión se ampara en el artículo 73.1 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, y se fundamenta en los informes técnico y jurídico emitidos el 15 de octubre de 2026, incorporados al expediente a efectos de motivación. El consistorio aplica así la facultad municipal de paralizar licencias mientras se define el régimen urbanístico de la actividad, y lo comunica en cumplimiento del artículo 73.3 de la misma norma.
Seis modalidades de alojamiento afectadas
La suspensión abarca todas las modalidades reguladas por el Decreto 75/2020, de 4 de agosto, de turismo de Cataluña:
- Establecimientos hoteleros: hoteles, hoteles apartamento y hostales o pensiones.
- Apartamentos turísticos.
- Viviendas de uso turístico.
- Hogares compartidos.
- Alojamientos al aire libre: campings, áreas de acogida de autocaravanas y modalidades asimiladas.
- Alojamientos singulares.
El ámbito de aplicación es todo el término municipal, delimitado en el plano que se adjunta como anexo al acuerdo. La copia auténtica de este plano se puede consultar mediante el enlace 16342604656376312113 que figura en el texto publicado, tal como prevé el artículo 8.5 del Decreto Legislativo 1/2010.
Un año de vigencia y exclusiones para expedientes en curso
El término máximo de la suspensión es de un año a contar desde la publicación en el boletín provincial. La medida no solo afecta a las licencias propiamente dichas: también incluye las nuevas solicitudes de licencias de obras (obra nueva, ampliación, cambio de uso o gran rehabilitación), las comunicaciones previas de obras y las comunicaciones de actividades que generen nuevas plazas de alojamiento turístico, así como la regularización de las plazas ya existentes que no cuenten con la preceptiva licencia.
El acuerdo, sin embargo, establece exclusiones explícitas para no perjudicar situaciones consolidadas:
- Las licencias concedidas y vigentes antes de la entrada en vigor de la suspensión.
- Las licencias prorrogadas legalmente.
- Las actuaciones amparadas en un certificado urbanístico vigente que haya reconocido expresamente su viabilidad.
- Los expedientes que se encuentren formalmente en tramitación con anterioridad a la entrada en vigor de la medida.
- Las comunicaciones para iniciar, ampliar, modificar o instalar una actividad que ya disponga de habilitación municipal preceptiva para ejecutar las obras de acondicionamiento.
Publicación y vía de recurso
El Ayuntamiento de Castelldefels publica el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios electrónico e-tauler. Contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sección Contenciosa Administrativa del Tribunal de Primera Instancia de Barcelona en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación.
La medida afecta directamente a promotores inmobiliarios, propietarios de viviendas y al conjunto del sector turístico local, que durante los próximos doce meses no podrán obtener títulos habilitantes para ampliar o abrir nuevas plazas de alojamiento en la ciudad. El impacto es especialmente relevante en un municipio costero con fuerte presión turística, donde la congelación de nuevas plazas condiciona la planificación de inversiones hoteleras y de alquiler turístico hasta que el consistorio resuelva el marco urbanístico aplicable.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, 19 de octubre de 2026, Administración local, pág. 1-2 (referencia oficial: CVE 202610155087).