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Boletín Oficial del Registro Mercantil · 02 Oct 2026 · 20 vistas

Cádiz inhabilita cinco años a los Narváez Ruz por concurso culpable

Por FactBox Admin

Cádiz inhabilita cinco años a los Narváez Ruz por concurso culpable

La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Cádiz ha declarado culpable el concurso de El Huerto del Abuelo, S.L. e inhabilitado durante cinco años a Miguel Narváez Ruz y Andrés Narváez Ruz para administrar bienes ajenos y para representar o administrar a cualquier persona. La resolución es firme desde el 23 de marzo de 2026 y se publica en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) núm. 191, de 2 de octubre de 2026, con la referencia oficial BORME-A-2026-191-11 (pág. 46369).

El anuncio aparece en la Sección Primera del BORME, dedicada a Empresarios y Actos inscritos, dentro del epígrafe correspondiente a la provincia de Cádiz. La inscripción se practicó el 25 de septiembre de 2026, una vez que la sentencia de calificación adquirió firmeza, y afecta al procedimiento concursal 139/2024 de la sociedad gaditana.

La sentencia y su alcance

El fallo fue dictado por la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Cádiz, Plaza nº 2, con el magistrado Juan Francisco Santana Miralles como ponente, y califica el concurso como culpable. La resolución acordada es una sentencia de calificación culpable con inhabilitación de los dos administradores de la mercantil.

Los términos registrales de la inhabilitación son los siguientes:

  • Miguel Narváez Ruz, con NIF 34048413H.
  • Andrés Narváez Ruz, con NIF 75806586N.
  • Duración: cinco años, sin meses ni días adicionales.
  • Fecha de efectos: hasta el 23 de marzo de 2031.
  • Alcance: administrar bienes ajenos y representar o administrar a cualquier persona.

Efectos sobre otras sociedades

La inhabilitación no se limita a la concursada. En la misma fecha y por la misma resolución, el BORME inscribe el efecto sobre Jardinería y Animales Jara, S.L., sociedad en la que Andrés Narváez Ruz figuraba como administrador único. La anotación precisa que se le inhabilita para administrar bienes ajenos y para representar o administrar a cualquier persona por un período de cinco años, en virtud de la Sentencia 25/2026 de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Cádiz, Plaza nº 2, dictada el 23 de marzo de 2026.

Los datos registrales de esta segunda inscripción remiten al tomo S 8, hoja CA 12813, asiento I/A 4, practicado el 25 de septiembre de 2026.

Antecedentes registrales

El Huerto del Abuelo, S.L. nació como sociedad limitada por transformación de una sociedad civil, con comienzo de operaciones el 23 de diciembre de 2015 y domicilio en Conil de la Frontera (Cádiz), con un capital de 4.000 euros. En su constitución, publicada en el BORME de 17 de agosto de 2016, Andrés Narváez Ruz y Miguel Narváez Ruz quedaron designados administradores mancomunados. En enero de 2017 el BORME recogió su nombramiento como apoderados solidarios de la misma sociedad.

La hoja registral de la concursada es la CA 49418, con el asiento I/A 3 correspondiente a la anotación ahora publicada.

Impacto

La publicación cierra registralmente un procedimiento concursal abierto en 2024 y extiende sus consecuencias a dos administradores con presencia en más de una sociedad gaditana. La inhabilitación de cinco años les impide, hasta marzo de 2031, administrar bienes ajenos o representar a cualquier persona, un límite que condiciona su actividad empresarial en la provincia de Cádiz y que queda a disposición de terceros a través del registro mercantil.


Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil, núm. 191, de 2 de octubre de 2026, Sección Primera (Empresarios, Actos inscritos), pág. 46369 (referencia oficial: BORME-A-2026-191-11).

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil · Boletín Oficial del Registro Mercantil de 2026-10-02