BOP de Burgos · 07 Oct 2026 · 15 vistas
Burgos aprueba las bases del concurso de méritos para dos coordinadores municipales
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Burgos ha aprobado, en ejecución de sentencia, las bases que regirán la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de coordinador (A2) de su plantilla de personal laboral mediante concurso de méritos. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos núm. 191, de 7 de octubre de 2026, dentro de la sección III. Administración Local, con la referencia oficial BOPBUR-2026-04180. La resolución lleva la firma de la concejala delegada Yolanda Barriuso Munguía y está fechada en Burgos a 25 de septiembre de 2026.
Una convocatoria forzada por los tribunales
El origen de la convocatoria es judicial. La sentencia 244/2024 del Juzgado Contencioso Administrativo n.º 1 de Burgos condenó al Ayuntamiento de Burgos a incluir en la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso de méritos, las dos plazas de coordinadores (A2) que habían quedado fuera del proceso publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos de 30 de diciembre de 2022.
Las plazas proceden de la adenda a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal de la oferta de empleo público de 2022, aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión de 19 de mayo de 2022, que incorporó, entre otras, esas dos plazas de coordinadores (A2) de la plantilla de personal laboral municipal.
El texto definitivo de las bases fue negociado en la mesa general de personal laboral celebrada el 28 de julio de 2026. El acuerdo se adoptó por decreto de Alcaldía de 29 de julio de 2025, firmado por delegación en la teniente de alcalde, en el marco del decreto de Alcaldía n.º 2024015751, de 28 de noviembre de 2024, modificado por el decreto n.º 2025001886, de 20 de febrero de 2025, y de los acuerdos de la Junta de Gobierno Local de 26 de junio y 13 de julio de 2023 y de 28 de noviembre de 2024.
Marco normativo y condiciones de los aspirantes
Las bases se rigen, en sus aspectos comunes, por las que regulan los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal de larga duración previstos en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público. El sistema de selección es el concurso, con valoración de méritos y sin pruebas eliminatorias.
Los aspirantes deberán cumplir, en la fecha de cierre del plazo de instancias, los siguientes requisitos:
- Nacionalidad española o los supuestos del artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Dieciséis años cumplidos y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
- No hallarse separado por expediente disciplinario ni inhabilitado para el empleo público.
- Poseer la titulación exigida, con homologación oficial y traducción jurada en el caso de títulos extranjeros.
Las instancias se dirigirán a la alcaldesa-presidenta y se presentarán en el Registro General del ayuntamiento o por los cauces del artículo 16.4 de la Ley 39/2015 en el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los derechos de participación quedan fijados en 25,21 euros para los subgrupos A1 y A2, 16,81 euros para C1 y C2 y 8,04 euros para las agrupaciones profesionales, según la ordenanza municipal número 201.
Baremo, tribunal y bolsa de empleo
El concurso se reparte entre méritos profesionales, con un máximo de 60 puntos, y méritos académicos y otros, con un máximo de 40 puntos. Los servicios efectivos en categoría idéntica a la plaza se valoran a 0,50 puntos por mes completo y los prestados con funciones equivalentes a 0,20 puntos por mes. En el apartado académico se puntúan el doctorado y las titulaciones adicionales con 1 punto, los cursos de formación a 0,50 puntos por hora y cada ejercicio superado con 1 punto.
El tribunal calificador será colegiado y estará integrado por cinco miembros —presidente, secretario y tres vocales—, con el mismo número de suplentes, todos con titulación igual o superior a la exigida. Los empates se resolverán por días de servicio en la misma escala, antigüedad en la administración local, puntuación en méritos profesionales y académicos y, finalmente, orden alfabético según la letra del sorteo vigente.
Quienes no superen el proceso podrán integrarse en la bolsa de empleo prevista en la base novena, conforme a la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021. Los aprobados dispondrán de veinte días naturales para presentar la documentación y de treinta días hábiles para tomar posesión.
Recursos y entrada en vigor
Contra la convocatoria y sus bases cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal de Instancia, Sección Contencioso-Administrativo, de la provincia de Burgos, o, con carácter potestativo y previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el concejal delegado de Personal. Las bases entran en vigor al día siguiente de su publicación en el boletín oficial.
La convocatoria cierra un litigio de más de dos años y afecta directamente a los aspirantes y al personal laboral municipal que aspira a consolidar su plaza. La publicación de las bases abre el calendario del proceso, aunque el plazo real de presentación de solicitudes no empezará a contar hasta que el anuncio aparezca en el Boletín Oficial del Estado.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 191, de 7 de octubre de 2026, sección III. Administración Local, págs. 28-40 (referencia oficial: BOPBUR-2026-04180).