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EUR-Lex · 22 Sep 2026 · 5 vistas

Bruselas amplía las zonas de emergencia por viruela de ovejas y cabras en toda Grecia

Por FactBox Admin

Brussels Widens Emergency Sheep and Goat Pox Zones Across Greece

La Comisión Europea ha ampliado las zonas de protección y vigilancia de emergencia en Grecia tras 41 nuevos brotes de viruela ovina y caprina, en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2026/2123 de la Comisión de 17 de septiembre de 2026. La decisión, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L, 22 de septiembre de 2026), modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2024/2207 y sustituye su anexo por una nueva lista de zonas restringidas y plazos. Fue notificada a las autoridades griegas mediante el documento C(2026) 6699, siendo el texto griego el único auténtico, y tiene relevancia para el EEE.

Una enfermedad que perturba el comercio intraunionista

La viruela ovina y caprina es una enfermedad viral infecciosa que afecta a los animales caprinos y ovinos que puede tener un impacto grave en la población animal afectada y en la rentabilidad de la ganadería, perturbando el movimiento de envíos de dichos animales y sus productos dentro de la Unión y las exportaciones a terceros países. La Comisión afirma que un brote conlleva un riesgo grave de propagación a otros establecimientos que alberguen dichos animales.

La medida se basa en el Reglamento (UE) 2016/429 (la Ley de Sanidad Animal), en particular en el artículo 259(1). El Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión exige una zona restringida que comprenda una zona de protección, una zona de vigilancia y, cuando sea necesario, otras zonas restringidas. La Decisión de Ejecución (UE) 2024/2207 de 29 de agosto de 2024 estableció las medidas de emergencia originales para Grecia; fue modificada por última vez mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1931 de la Comisión de 4 de agosto de 2026.

Cuarenta y un brotes en catorce unidades regionales

Grecia notificó a la Comisión cuarenta y un brotes en establecimientos donde se mantenían animales caprinos u ovinos, reportados entre el 31 de julio y el 8 de septiembre de 2026. Las unidades regionales afectadas son:

  • Acaia, Etolía-Acarnania, Argólida, Arcadia, Arta, Ilia, Castoria, Kavala, Kozani, Larisa, Preveza, Ródope, Serres y Tasos.

Algunos de los nuevos brotes se localizaron fuera de las zonas restringidas ya establecidas tras brotes anteriores, específicamente en las unidades regionales de Argólida y Arta, donde la enfermedad no se había reportado previamente.

Nuevas zonas, radios y plazos

El anexo define zonas de protección dentro de un radio de 5 kilómetros y zonas de vigilancia dentro de un radio de 20 kilómetros, centradas en coordenadas UTM 30, ETRS89, junto con otras zonas restringidas que abarcan unidades regionales completas. Las medidas se aplicarán al menos hasta el:

  • 30 de noviembre de 2026 para la mayoría de las zonas enumeradas;
  • 1 de diciembre de 2026 para las unidades regionales más amplias;
  • 31 de diciembre de 2026 para las zonas restringidas adicionales más externas;
  • 1 de octubre de 2026 para Laconia, Argólida, Castoria, Florina, Corintia e Ioannina.

El tamaño de las zonas y la duración de las medidas siguen el artículo 64(1) del Reglamento (UE) 2016/429, las normas del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 y las normas internacionales del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).

Procedimiento y destinatario

La decisión fue adoptada de conformidad con el dictamen del Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos, firmado en Bruselas el 17 de septiembre de 2026 por Olivér Várhelyi, Miembro de la Comisión, y dirigido a la República Helénica. La Comisión justificó la urgencia de su actuación, citando la necesidad de evitar que la enfermedad se propagara más allá de los establecimientos afectados hacia otras partes de Grecia o hacia otros Estados miembros.

Para los ganaderos griegos, el efecto práctico es la prórroga de la prohibición de trasladar ovejas y cabras, así como sus productos, fuera de las zonas de protección, vigilancia y restricciones adicionales designadas, con la consiguiente perturbación del comercio intracomunitario y de las exportaciones a terceros países. Los plazos revisados significan que las restricciones permanecerán en vigor en gran parte del país al menos hasta finales de 2026.


Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, 2026/2123, 22.9.2026 (referencia oficial: CELEX L_202602123).