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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 29 Oct 2026 · 4 vistas

Boadilla activa la Ley 2/2026 y sumará 282 viviendas protegidas más

Por FactBox Admin

Boadilla activa la Ley 2/2026 y sumará 282 viviendas protegidas más

El Ayuntamiento de Boadilla del Monte aplicará en su término municipal el régimen especial previsto en la Ley 2/2026, de 11 de junio, de Medidas Urgentes para el Incremento de la Oferta de Vivienda con Protección Pública. Lo decidió el Pleno en sesión ordinaria del 14 de octubre de 2026 y el acuerdo se publica ahora en el BOCM núm. 260, de jueves 29 de octubre de 2026, páginas 223 a 226, con la referencia oficial BOCM-20261029-74 (expediente 03/16.961/26).

Aplicación parcial y con reservas

El acuerdo aprobado incluye el Documento Técnico de Urbanismo (Anexo I), que fija el alcance concreto de la norma en el municipio. La memoria técnica fue suscrita el 17 de agosto de 2026 por la Dirección de Arquitectura, Urbanismo, Actividades, Industria y Medio Ambiente y se sometió a información pública durante veinte días hábiles sin que se presentaran alegaciones.

El documento recoge tres alternativas y opta por una aplicación selectiva de la ley:

  • Suelos calificados con uso terciario: se mantiene lo acordado en Pleno y la decisión municipal ya adoptada en relación con el artículo 2 de la Ley 3/2024.
  • Suelos dotacionales privados: no se aplica la ley. El informe alega que se ubican en urbanizaciones históricas de muy baja densidad, con infraestructuras de saneamiento, abastecimiento y viarios antiguos y limitados, por lo que introducir viviendas desvirtuaría el modelo de ciudad y exigiría una inversión elevada.
  • Suelos industriales: no se requiere cambio, porque la ordenanza terciario-comercial del Plan General ya permite equipamientos comerciales de hostelería de 1ª, 2ª y 3ª categoría, lo que habilita la modalidad de alojamiento temporal que contempla la ley.

Tres parcelas y 282 viviendas más

Donde sí se aplica es en las parcelas sin edificar calificadas por el planeamiento para vivienda protegida, con la alternativa 1, denominada “Parcial: Incremento del 30% de densidad”:

  • MZ-9 AB, en el ámbito AH-38 Valenoso: superficie de 46.975,65 metros cuadrados; se pasa de 540 a 702 viviendas (162 más); edificabilidad de 59.940 metros cuadrados, cuatro plantas y ocupación máxima del 50%.
  • MZ-2.2, en el ámbito AH-35 “El Encinar”: 15.734,67 metros cuadrados; de 248 a 322 viviendas (74 más); edificabilidad de 29.253 metros cuadrados, cuatro plantas y ocupación del 50%.
  • MZ-2C.1, MZ-2C.2, MZ-2C.3 y MZ-2C.4, del AH-35 “El Encinar” como conjunto inmobiliario: 16.747,44 metros cuadrados; de 152 a 198 viviendas (46 más); edificabilidad de 16.872 metros cuadrados, cuatro plantas y ocupación del 50%, bajo la ordenanza RM-IE-PP.

El total asciende a 282 viviendas protegidas adicionales (162 + 74 + 46), que sumadas a las 1.310 obtenidas con la aplicación de la Ley 3/2024 arrojan 1.592 viviendas más de las previstas por el planeamiento. Con una ratio de tres habitantes por vivienda, el documento calcula 4.776 habitantes adicionales sobre el techo poblacional del plan.

Tramitación, recursos y crecimiento del parque público

El acuerdo es firme en vía administrativa. Contra él puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOCM, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid en el plazo de dos meses, según los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998.

El Consistorio publicará la decisión en el tablón edictal, la web municipal, el Portal de Transparencia, el BOCM y un diario de los de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, y dará traslado a la Comunidad a los efectos previstos en la ley. El documento está firmado en Boadilla del Monte el 19 de octubre de 2026 por la concejal de Urbanismo, Vivienda y Mantenimiento y Limpieza de Edificios, María Luz de Baldasano Valdés.

El impacto declarado es un incremento del 6% en el número de viviendas, que sumado al 41,4% ya aprobado con la Ley 3/2024 eleva al 47,4% el crecimiento del parque de vivienda pública del municipio. La decisión condiciona a propietarios de suelo y promotores de las tres parcelas afectadas y marca la política municipal de vivienda protegida para los próximos ejercicios.


Fuente: BOCM, núm. 260, 29 de octubre de 2026, sección III (Administración Local), págs. 223-226 (referencia oficial: BOCM-20261029-74).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-29