BOP de Girona · 27 Oct 2026 · 9 vistas
Bescanó aprueba por decreto la oferta de empleo complementaria de 2026
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Bescanó ha aprobado la oferta pública de empleo complementaria para el ejercicio 2026 mediante el Decreto de Alcaldía núm. 323/2026, de 26 de octubre de 2026. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (BOP núm. 207, de 27 de octubre de 2026), con el número de edicto 9279 y la referencia oficial BOP-2026_0_207_9279. La resolución lleva la firma del alcalde, Xavier Vinyoles i Compta.
El decreto se enmarca en el artículo 70.2 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que obliga a publicar las ofertas de empleo público una vez aprobadas. Según el texto del anuncio, las plazas incluidas responden a las vacantes que figuran en el presupuesto y en la plantilla aprobados por la corporación, y el expediente tramitado es el 1454-2026-1527, adscrito al área de Alcaldía y Hacienda.
Las plazas convocadas
La oferta complementaria de 2026 se ordena en dos escalas y tres categorías profesionales:
- Escala de Administración General, subescala administrativa, grupo C1.
- Escala de Administración General, subescala auxiliar, grupo C2.
- Escala de Administración Especial, subescala técnica de administración especial: técnico/a de administración especial en el ámbito jurídico, grupo A1.
El documento oficial recoge estas categorías en el cuadro de la oferta, encabezado por la columna de número de plazas de la OPE complementaria 2026. La convocatoria se suma así a las plazas ya previstas en la plantilla municipal y abre la puerta a futuros procesos selectivos para cubrirlas.
Avocación de competencias y publicidad
El primer punto del acuerdo avoca de manera puntual y exclusiva, para este objeto concreto, la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local para aprobar las ofertas públicas de empleo. El alcalde asume así la decisión y la facultad de firmar los documentos necesarios para hacer efectivos los acuerdos. El tercer punto ordena la publicación del acuerdo en el e-Tablón municipal, en el BOP de Girona y en el DOGC, para cumplir los requisitos de publicidad de la legislación vigente.
El cuarto acuerdo prevé remitir una copia del expediente, con la documentación acreditativa de la aprobación, a la Dirección General de Administración Local. Esta comunicación se hace de acuerdo con el artículo 57 del Decreto 214/1990, de 30 de julio, que aprueba el Reglamento del personal al servicio de las entidades locales, y con el artículo 53.1.h) del Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.
Plazos de recurso
Los acuerdos ponen fin a la vía administrativa y abren dos vías de impugnación:
- Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación.
- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación.
Sus sedes municipales figuran en la plaza Joan Maragall, 3, de 17162 Bescanó, con el teléfono 972440005 y la dirección electrónica ajuntament@bescano.cat como canales de contacto de la administración local.
La publicación interesa directamente a las personas que preparan oposiciones a la administración local gerundense y al personal municipal en activo, ya que fija por decreto qué vacantes se podrán cubrir en 2026 y obliga a abrir los procesos selectivos correspondientes. También es un elemento de control ciudadano sobre la plantilla municipal y sobre el uso de la figura de la oferta complementaria, que debe cuadrar con el presupuesto y la relación de puestos de trabajo aprobados.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 207, 27 d’octubre de 2026, Administració local, pàg. 1-2 (referència oficial: BOP-2026_0_207_9279).