BOP de Alicante · 04 Nov 2026 · 4 vistas
Benidorm aprueba el texto refundido de su Ordenanza de Movilidad
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Benidorm aprobó por unanimidad, en sesión de 26 de octubre de 2026, la aprobación inicial de la modificación y texto refundido de la Ordenanza Municipal nº 1 de Movilidad. El acuerdo se publica mediante edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOP) nº 210, de 4 de noviembre de 2026, dentro de la sección III. Administración Local, con la referencia oficial 8422/2026, y abre un plazo de 30 días de información pública y audiencia a los interesados.
Un texto único que deroga la norma de 2020
La reforma sustituye íntegramente el marco anterior: queda derogada la Ordenanza nº 1 aprobada por el Pleno el 31 de agosto de 2020 (BOP nº 231, de 3 de diciembre de 2020) y su modificación parcial de 26 de abril de 2021 (BOP nº 80, de 30 de abril de 2021). El objetivo declarado es reunir en un solo cuerpo normativo todos los cambios dispersos para “garantizar la máxima seguridad jurídica, transparencia y facilidad de consulta”.
El nuevo texto se estructura en un título preliminar y once títulos, con anexos que incluyen el cuadro de infracciones y sanciones, los planos de señalización, los horarios y vías del estacionamiento regulado y la delimitación de las zonas de bajas emisiones. El edicto está firmado por el concejal de Movilidad, Francisco José Muñoz Antón.
Entre los motivos de la revisión, el preámbulo cita la adaptación al Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que modifica el Reglamento General de Circulación en materia de protección a los usuarios vulnerables de la vía, y la tramitación conforme a los principios del artículo 129 de la Ley 39/2015.
Cuatro zonas de aparcamiento y nuevas tarifas por tiempo
El servicio de ordenación y regulación de aparcamiento (O.R.A.) se articula en cuatro regímenes, con el pago mínimo de 30 minutos y máximo de 5 horas:
- Zona Azul (no residentes o visitantes): pago de tarifa y límite de 5 horas, con posibilidad de funcionamiento permanente o temporal entre el 15 de junio y el 30 de septiembre y en Semana Santa.
- Zona Naranja (residentes): estacionamiento gratuito hasta 10 días, prohibido a no residentes salvo acreditación de consumo en establecimientos de Benidorm.
- Zona Roja (residentes): tiempo limitado y sin tarifa.
- Zona Verde: pago con tarifas de zona azul para no residentes, con 48 horas máximas para residentes y vigencia las 24 horas los 365 días del año.
El texto fija bonificaciones de tiempo del 300% para motocicletas y del 10% para vehículos eléctricos con etiqueta cero emisiones de la Dirección General de Tráfico (DGT). Los residentes podrán hacer carga y descarga gratuita durante 30 minutos (máximo una hora, sin volver a la plaza hasta transcurridas dos horas), y los autobuses de transporte discrecional dispondrán de 10 minutos sin tarifa, prorrogables una sola vez. El ticket deja de colocarse en el parabrisas: el título habilitante se obtiene electrónicamente con la matrícula.
Patinetes, sillas autopropulsadas y zonas de bajas emisiones
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) deberán ser de dos o más ruedas, tendrán una única plaza y una velocidad de diseño de entre 6 y 25 km/h; el casco es obligatorio, la edad mínima para conducirlos es de 15 años y se exige seguro de responsabilidad civil. Se prohíbe su circulación por aceras y parques, se limita a 10 km/h en plataformas únicas y zonas 20 y a 20 km/h en carril bici, y se restringe su uso a propietarios o a servicios de alquiler autorizados. El alumbrado deberá llevarse siempre encendido a partir del 1 de octubre de 2027.
Para las sillas autopropulsadas se establece la prohibición expresa de los artefactos construidos para más de una persona, ante su proliferación en aceras y zonas peatonales.
La norma incorpora además el régimen de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Benidorm, con una superficie aproximada de 75 hectáreas repartidas en tres áreas: casco histórico, zona de Levante y Paseo de Poniente. Su proyecto técnico fue aprobado en sesión plenaria de 31 de octubre de 2024 (BOP nº 213, de 6 de noviembre de 2024) y se implantará con la entrada en vigor de la ordenanza, con control automático de accesos mediante cámaras y un registro municipal de vehículos autorizados. El régimen sancionador prevé multas de hasta 100 euros para infracciones leves, 200 euros para las graves y 500 euros para las muy graves.
Alegaciones y entrada en vigor
El expediente queda expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benidorm y en la Concejalía de Movilidad durante 30 días desde la publicación del anuncio. Si no se presenta ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivamente adoptado.
La ordenanza entrará en vigor una vez publicado completamente su texto en el BOP y transcurrido el plazo del artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
El nuevo marco afecta de lleno a una ciudad de fuerte presión turística: ordena la rotación del aparcamiento en temporada alta, introduce criterios ambientales en el acceso al centro y equipara las obligaciones de los visitantes con las de los residentes, que deberán renovar anualmente la tarjeta de estacionamiento salvo prórroga municipal.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, nº 210, de 4 de noviembre de 2026, III. Administración Local, pág. 1 (referencia oficial: 8422/2026).