Boletín Oficial de Bizkaia · 15 Sep 2026 · 4 vistas
Barakaldo ha aprobado definitivamente el Plan de Movilidad Urbana Sostenible
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Barakaldo ha aprobado definitivamente el Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS), mediante el acuerdo adoptado por la Junta Municipal en la sesión extraordinaria 14/2026 del 25 de junio de 2026. La decisión ha sido publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia (BOB) número 176, el 15 de septiembre de 2026, con la referencia cve BOB-2026a176-(II-4762).
El plan reorientará toda la política de movilidad de la ciudad en los próximos años, y su aprobación definitiva es el resultado de una fase previa. La Junta Municipal lo aprobó inicialmente el 29 de diciembre de 2025, mediante el acuerdo 281/26/2025/1, en la sesión extraordinaria 26/2025, y posteriormente se abrió el periodo de información pública para recibir alegaciones. Tras analizar y resolver las alegaciones presentadas en dicho plazo, se ha aprobado definitivamente el Texto Refundido, ya que el proceso ha garantizado la participación de los ciudadanos y los agentes.
El PMUS redefine el modelo de movilidad de la ciudad, promoviendo el uso del transporte público, el desplazamiento a pie y la bicicleta, con el objetivo de reducir la dependencia del vehículo privado. El plan responde a los principales retos de la ciudad, tales como la gestión del tráfico, la seguridad vial y la reducción de emisiones. Para ello, recoge un conjunto de medidas a medio y largo plazo, adaptadas a las características demográficas y urbanísticas de la ciudad.
Resolución de las alegaciones
Durante el periodo de información pública se presentaron cuatro alegaciones, y la Junta Municipal ha decidido, según el caso, estimar, estimar parcialmente, desestimar o aceptar cada una de ellas. Quienes presentaron las alegaciones han sido:
- Asier Córdoba Eguía (Bizkonten)
- Plataforma Oin-Biziz Mugi Trapagaran
- Aportaciones del grupo municipal EH Bildu
- Iñaki Manzano Diego
La resolución será notificada individualmente a todas las personas físicas y jurídicas que hayan aparecido en el procedimiento, junto con el traslado de los argumentos recogidos en el informe de los Servicios Técnicos Municipales del 16 de junio de 2026. De este modo, la respuesta dada a cada alegación queda debidamente justificada, y la participación ciudadana se refleja en el contenido final del plan.
Base jurídica
Para aprobar el Texto Refundido, el Ayuntamiento ha tomado como base diversas referencias legales: el artículo 24 de la Ley 4/2019 (de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma del País Vasco), el artículo 16 de la Ley 11/2023 (de movilidad sostenible del País Vasco), el artículo 31.2 de la Ley 1/2024 (de Transición Energética y Cambio Climático del País Vasco) y el artículo 24 de la Ley 9/2025 estatal (de Movilidad Sostenible). Este marco jurídico garantiza que el plan ha sido aprobado en consonancia con las políticas de movilidad sostenible autonómicas y estatales.
Publicación y vigencia
Para dar publicidad al acuerdo, se ha decidido publicarlo mediante anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia, así como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en el portal de transparencia municipal, en la página web municipal y en la sede electrónica del ayuntamiento, durante la vigencia del Plan aprobado. De este modo, los ciudadanos podrán conocer el contenido completo del plan y se cumplen los principios de transparencia del ayuntamiento.
El acuerdo ha sido firmado por la alcaldesa Amaia del Campo Berasategui en Barakaldo, el 5 de septiembre de 2026. La aprobación definitiva del Plan establece un marco estable para la política de movilidad urbana y guiará las inversiones y medidas en materia de transporte, peatones y bicicletas en los próximos años, hacia una ciudad más sostenible. Para los ciudadanos, el plan conlleva el compromiso de mejorar los desplazamientos diarios y garantiza que las decisiones municipales se han tomado tras un proceso de transparencia y participación.
Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia, número 176, 15 de septiembre de 2026, sección II (referencia oficial: BOB-2026a176-(II-4762)).