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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 04 Nov 2026 · 10 vistas

Autorizada la planta solar Seseña Solar-I de 4,51 MWp en Toledo

Por FactBox Admin

Autorizada la planta solar Seseña Solar-I de 4,51 MWp en Toledo

La Dirección General de Transición Energética ha otorgado a Zabar Solar Canarias 3, S.L. la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación solar fotovoltaica Seseña Solar-I, de 4,51 MWp de potencia pico, junto con sus infraestructuras auxiliares y de evacuación. La decisión consta en la Resolución de 23/10/2026, firmada por el director general, Alipio García Rodríguez, y publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha núm. 211, de 4 de noviembre de 2026, en la sección III (Otras disposiciones y actos), con la referencia oficial 2026/7831.

El expediente, tramitado con el número 2703/01709 (referencia provincial PE-713), se incoó en la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo. La sociedad promotora, con CIF B16855462, presentó la solicitud el 11 de septiembre de 2023 y el procedimiento se ha regido por el Decreto 80/2007, de 19 de junio, que regula las autorizaciones de instalaciones de energía eléctrica en Castilla-La Mancha. La competencia para resolver corresponde a la Dirección General de Transición Energética según el Decreto 112/2023, de 25 de julio, de estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

Características técnicas y ubicación

El proyecto contempla una planta fotovoltaica de 4,51 MWp, con 4,160 MWn de potencia activa máxima en inversores y 4.000 kW de potencia instalada, limitada a 3,6 MWn mediante PPC. Sus componentes principales son:

  • 6.540 módulos fotovoltaicos de 690 W cada uno, sobre seguidor a un eje.
  • 13 inversores de 320 kVA a 40 ºC.
  • Un centro de transformación de 4.000 kVA con relación 15/0,8 kV.
  • Línea soterrada de alta tensión de 15 kV de 20 metros hasta el centro de seccionamiento.
  • Centro de seccionamiento con transformador de servicios auxiliares.

La planta se ubica en la parcela 5001 del polígono 19 del término municipal de Seseña (Toledo), en el huso 30, con coordenadas X: 445.308,20 e Y: 4.435.664,71, mientras que el centro de seccionamiento se sitúa en la parcela 12 del polígono 15 de Pepino (Toledo). El permiso de acceso y conexión lo emitió UFD Distribución Electricidad, S.A. el 14 de abril de 2023, con referencia EXP938222100228 y una capacidad concedida de 3.600 kW. El proyecto técnico fue redactado por María Inmaculada Blázquez García. La finalidad es la producción de energía eléctrica renovable con vertido a la red de distribución.

Suelo protegido y convivencia con una gravera

El Ayuntamiento de Seseña informó inicialmente de la incompatibilidad del proyecto con la licencia de extracción de áridos de Gravera El Puente, S.L., que mantenía un usufructo sobre la parcela hasta el 10 de marzo de 2024. El promotor acreditó que la ocupación sería posterior a esa fecha y aportó un segundo informe municipal que califica los terrenos como suelo no urbanizable especialmente protegido de aptitud agrícola de regadío (SNUP-I) conforme a las Normas Subsidiarias locales, donde el artículo 9.4.2 admite como uso permitido el infraestructural.

Sobre la parcela concurren además afecciones de carreteras por la autovía A-4, ferroviaria por la línea de cercanías a Aranjuez, de vías pecuarias (Cordel de Los Puchereros y Colada de Velascón), del Canal del Jarama, de la ZEPA Carrizales y Soto del Jarama, arqueológica por ámbito de prevención y minera por la Gravera del Jarama. La sociedad minera presentó oposición al proyecto; el promotor aportó el 18 de febrero de 2026 la resolución de aprobación del proyecto de abandono definitivo de trabajos, que afecta a la concesión de explotación “Gravera El Puente” Nº 3.768 y a la autorización “El Puente Ampliación” TOA654.

Informe ambiental y yacimiento arqueológico

La Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo formuló el 3 de noviembre de 2025 el informe de impacto ambiental del proyecto (PRO-TO-24-3309), publicado en el DOCM núm. 219 de 12 de noviembre de 2025, que concluye que la instalación no necesita someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria siempre que se cumplan las medidas propuestas.

Entre las condiciones figura la exclusión de cualquier actividad o infraestructura en el entorno del yacimiento arqueológico situado en la esquina sureste de la parcela 5001 del polígono 19, advertido por el Servicio de Cultura, extremo que el promotor resolvió con un anexo técnico de agosto de 2025. También se exigen medidas anticolisión y antielectrocución en ocho apoyos de la línea, autorizaciones de vías pecuarias y de carreteras, y plantaciones perimetrales e interiores.

El Servicio de Calidad Ambiental aceptó el 15 de mayo de 2026 que la documentación adicional se aporte al inicio de las obras o de la puesta en marcha, previa declaración responsable. La Delegación Provincial emitió informe favorable el 2 de junio de 2026, igual que el Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas.

Condiciones y vía de recurso

La resolución no agota la vía administrativa: cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible en el plazo máximo de un mes desde el día siguiente a su notificación, conforme a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015. El plazo de ejecución queda vinculado a la fecha máxima para obtener la autorización de explotación definitiva, de acuerdo con la vigencia del permiso de acceso y conexión. El incumplimiento de las condiciones puede dar lugar a la revocación.

La autorización llega tras más de tres años de tramitación y con el calendario inicial del promotor ya superado, que preveía iniciar las obras en enero de 2025 y poner en marcha la planta en noviembre de 2025. El proyecto se asienta en suelo rústico protegido de un municipio de la comarca de La Sagra, entre la A-4 y el Jarama, zona de especial sensibilidad por la ZEPA y por la presencia de una explotación minera en restauración.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 211, 4 de noviembre de 2026, sección III (Otras disposiciones y actos), págs. 39144-39149 (referencia oficial: 2026/7831).