BOP de A Coruña · 28 Sep 2026 · 12 vistas
Arteixo inscribe en el registro autonómico el estudio de detalle de la Zapateira
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Arteixo ha dado por finalizada la tramitación del Estudio de Detalle que reajusta alineaciones, ajusta rasantes interiores y reordena volúmenes en la fase 2 del Plan parcial Zapateira 1, promovido por Invertia Estate, S.L., con la aprobación definitiva en pleno y su inscripción en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia. El Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña publica el 28 de septiembre de 2026 (número 185) la normativa y las ordenanzas íntegras del documento, con el número de anuncio 2026/6185. Contra las disposiciones aprobadas cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación.
Una tramitación en dos tandas
El expediente, tramitado bajo la referencia 2024/U051/000001, acumula dos pronunciamientos plenarios y una inscripción autonómica:
- El Pleno del Ayuntamiento de Arteixo, en sesión ordinaria del 29 de enero de 2026, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva, notificado personalmente a los interesados y anunciado en el DOG número 74, de 22 de abril de 2026.
- El Pleno, en sesión ordinaria del 30 de junio de 2026, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva segunda del mismo documento.
- Por resolución de la dirección general de Urbanismo del 4 de agosto de 2026 se procedió a la inscripción en el registro autonómico con el número ROTPG/P/60/2026, Sección II, Libro I, Tomo V, hoja registral número 98.
El anuncio va firmado el 22 de septiembre de 2026 en Arteixo por el concejal delegado en materia de Urbanismo, Luis Alberto Castro Calvete, por delegación del alcalde (Decreto 1243/2025, de 8 de mayo de 2025).
Qué se reordena y con qué superficies
El ámbito del estudio abarca 114 parcelas privadas y parte de una parcela pública, con una superficie conjunta de 47.139,86 metros cuadrados:
- 114 parcelas catastrales privadas, con 41.786,21 m², todas ellas titularidad de Invertia Estate, S.L., sobre las que se opera el reajuste de alineaciones, el ajuste de rasantes interiores y la reordenación de volúmenes.
- Parte de la parcela de titularidad pública municipal denominada “Espacios Libres”, con 5.353,65 m² y finca registral número 30898 a nombre del Ayuntamiento de Arteixo, en la que solo se reajustan alineaciones y rasantes.
- Edificabilidad asignada por tipología: 211,72 m² en las parcelas de vivienda aislada, 137,45 m² en las de vivienda pareada y 125,21 m² en las de vivienda adosada.
Ninguna de las parcelas incluidas en el ámbito está edificada ni alberga construcción alguna. El objeto es corregir el fuerte desnivel de las parcelas respecto de los viales previstos, ajustando las cotas de implantación de los volúmenes a la realidad física del terreno.
Antecedentes y límites legales
El instrumento se desarrolla al amparo del artículo 79.1 a) y b) de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y del artículo 192.1 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, que aprueba su reglamento. El plan matriz, el Plan Parcial “Zapateira-1”, fue aprobado definitivamente el 29 de septiembre de 1997, con la normativa publicada en el BOP número 245, de 26 de octubre de 1998; el proyecto de compensación se aprobó el 28 de enero de 1999 y el de urbanización el 31 de mayo de 1999, con la recepción de las obras formalizada el 5 de diciembre de 2005.
El informe del Secretario General del Ayuntamiento de Arteixo del 9 de enero de 2024 reconoce que el abandono de la urbanización durante dos décadas deterioró las instalaciones, de modo que la mayor parte de las parcelas no edificadas carecen de los servicios urbanísticos necesarios para tener la condición de solar, aunque el suelo mantiene la clasificación de urbano consolidado. El documento justifica que no altera el destino urbanístico, no incrementa el aprovechamiento, no reduce viales ni dotaciones públicas, no abre vías de uso público, no aumenta ocupación ni alturas, no parcela el suelo y no crea nuevos usos ni ordenanzas.
Afecciones sectoriales y vía de recurso
El ámbito está afectado por servidumbres aeronáuticas del Aeropuerto de La Coruña, situado a unos 3.500 metros al este, por lo que cualquier construcción, instalación o plantación requiere acuerdo previo favorable de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA); el expediente incorpora informe favorable de la Dirección General de Aviación Civil. Los terrenos se sitúan además en la zona de alerta del Plan de emergencia exterior A Grela-Bens y en la zona de transición de la Reserva de la Biosfera Mariñas Coruñesas y Terras do Mando. La zonificación acústica propuesta clasifica las parcelas privadas como área tipo “a”, de predominio residencial, sin zonas de conflicto.
La publicación de la normativa cierra la vía administrativa y traslada el debate a los tribunales: los interesados disponen de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación en el boletín provincial, para impugnar directamente ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña, número 185, 28 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 1 (referencia oficial: 2026/6185).