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Boletín Oficial de Canarias · 26 Oct 2026 · 1 vistas

Aprobada la modificación menor del PGOU de Las Palmas sobre uso dotacional

Por FactBox Admin

Aprobada la modificación menor del PGOU de Las Palmas sobre uso dotacional

El Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria aprobó definitivamente el 25 de septiembre de 2026 la Modificación Menor del Plan General de Ordenación relativa a las normas urbanísticas de la ordenación pormenorizada para parcelas con uso dotacional y equipamiento. El acuerdo se hace público mediante anuncio de 9 de octubre de 2026, firmado por la secretaria general del Pleno, María Mercedes Contreras Fernández, y se inserta en el Boletín Oficial de Canarias núm. 214, de 26 de octubre de 2026, en la sección V. Anuncios (Otros anuncios, Administración Local), con la referencia oficial 3695. La modificación fue formulada y promovida de oficio por el propio Ayuntamiento.

Un trámite de más de dos años

La aprobación inicial se adoptó en sesión plenaria de 26 de julio de 2024, previa deliberación de la Junta de Gobierno Local de 18 de julio de 2024. El periodo de información pública, de cuarenta y cinco días hábiles, se extendió entre el 2 de septiembre y el 5 de noviembre de 2024, con anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (n.º 97, de 9 de agosto de 2024), en el Boletín Oficial de Canarias (n.º 161, de 16 de agosto de 2024) y en el diario Canarias 7 (2 de septiembre de 2024).

El documento técnico fue redactado por la Sociedad Municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria, S.A. (Geursa). La tramitación se ampara en los artículos 163 a 165 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y en el artículo 103 del Reglamento de Planeamiento de Canarias (Decreto 181/2018, de 26 de diciembre), con la competencia plenaria del artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Qué regula la modificación

El objeto es acotado: reajustar y corregir el Título IV de las Normas de Ordenación Pormenorizada, relativo a las parcelas calificadas como Espacios Libres, Dotaciones y Equipamientos. Los cambios se concentran en:

  • Capítulos 4.1, 4.10, 4.12 y 4.14 de las normas pormenorizadas y en la ficha del sistema general SG-19.
  • Nuevo régimen de usos en parcelas calificadas como Oficinas (OF), con el uso de Alojamiento Turístico limitado a las modalidades de Hotel Urbano y Hotel Emblemático.
  • Incorporación del uso de Almacén, en las categorías de Pequeño Almacén y Almacén Comercial Tipo I, en planta baja y plantas bajo rasante (artículo 4.12.5).
  • Extensión de esos usos complementarios, alternativos y autorizables al edificio de oficinas junto al centro comercial Las Arenas (artículo 4.12.9) y al edificio de la calle Eufemiano Jurado (artículo 4.12.7).

La Memoria Justificativa precisa que no se alteran la clasificación ni la calificación del suelo, ni los parámetros tipológicos y volumétricos, sino solo los usos admisibles.

Alegaciones: dos estimadas y dos rechazadas

Se presentaron cuatro alegaciones durante la información pública, resueltas en el acuerdo plenario:

  • Digitales, Asociación Española para la Digitalización (registro 149252): desestimada; pedía declarar expresamente compatible el despliegue de redes de comunicaciones electrónicas.
  • Guerra Patrimonial FGG, S.L. (registros 149079 y 155716): desestimada; reclamaba reclasificar 442,10 m² del SG-54 La Mayordomía como suelo rústico de protección de infraestructuras.
  • José María Lang-Lenton Españaque (registro 156851): estimada parcialmente; sobre la Casa Ford (ficha ARQ-183, calle Presidente Alvear, 22) se rechaza el uso residencial y la vivienda vacacional, pero se admite el uso de almacén.
  • Yudaya, S.L. (registro 159900): estimada; se equiparan los usos del edificio junto a Las Arenas a los del resto de parcelas OF.

Ajustes por la Ley de Costas y entrada en vigor

El informe favorable de la Dirección General de la Costa y del Mar, de 10 de febrero de 2026, obligó a introducir correcciones: se excluyen las cinco parcelas hoteleras (HT) situadas en la servidumbre de protección del Paseo de Las Canteras y se circunscribe la parcela de aparcamiento en edificio (AP) de la calle Coronel Rocha, en La Isleta, a la porción no afectada por la servidumbre. También se aclara que el SG-19 “Parque urbano equipado del Estadio Insular” solo queda afectado por la zona de influencia de 500 metros. Además, el Pleno tomó conocimiento del error material en el grafiado de cuatro parcelas OF del ámbito del Plan Especial de Protección “Vegueta-Triana”, que no forman parte de la modificación.

El acuerdo se remitirá al Registro de Planeamiento de Canarias y al Consejo Cartográfico de Canarias. La entrada en vigor se producirá a los quince días hábiles de la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de Canarias, y contra el acto, definitivo en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Las Palmas).

La decisión afecta directamente a propietarios de suelo dotacional, promotores y operadores hoteleros de la capital grancanaria, que desde ahora cuentan con un abanico de usos más amplio en edificios de oficinas y hoteles, mientras el Ayuntamiento blinda la red de equipamientos frente a cambios de uso residencial.


Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 214, 26 de octubre de 2026, V. Anuncios – Otros anuncios – Administración Local, pág. 38720 (referencia oficial: 3695).