Moniteur Belge · 15 Oct 2026 · 7 vistas
Amberes y Hasselt: fuertes prohibiciones de gestionar empresas
Por FactBox Admin

El tribunal de la empresa de Amberes, división de Malinas, ha dictado el 12 de octubre de 2026 prohibiciones de ejercer actividades empresariales de 7 años contra Ziad Nawfal y de 10 años contra Necsea Denisa, en aplicación del artículo XX.229 del Código de Derecho Económico. Estas decisiones se publican en el Moniteur belge del 15 de octubre de 2026 bajo la referencia 2026/143066. El mismo día, el Moniteur belge publica bajo la referencia 2026/143096 una prohibición de 8 años impuesta por el tribunal de la empresa de Amberes, división de Hasselt, a Yusuf Yoldas.
El marco legal: el artículo XX.229 del Código de Derecho Económico
El artículo XX.229 del Código de Derecho Económico (WER) permite al tribunal de la empresa prohibir a una persona, durante un periodo determinado, ejercer actividades empresariales personalmente o a través de un tercero, así como desempeñar cualquier función que confiera el poder de comprometer válidamente a una persona jurídica. Estas medidas se publican en el Moniteur belge, lo que las hace oponibles a terceros.
Las tres decisiones publicadas este 15 de octubre de 2026 emanan de jurisdicciones de Amberes y afectan a personas ya implicadas en procedimientos de quiebra.
Malinas: siete años para Ziad Nawfal, diez años para Necsea Denisa
El tribunal de la empresa de Amberes, división de Malinas, ha dictaminado el 12 de octubre de 2026:
- Ziad Nawfal, nacido el 6 de agosto de 1998, domiciliado en 1785 Merchtem, Sint Huybrechtstraat 4/B012: prohibición, en aplicación del artículo XX.229 WER, de ejercer actividades empresariales personalmente o a través de una persona y de desempeñar cualquier función que confiera el poder de comprometer válidamente a una persona jurídica, por un periodo de 7 años efectivo a partir de la sentencia.
- Necsea Denisa, nacida el 14 de julio de 1997, domiciliada en 2801 Heffen, Ten Doorn 3: prohibición de ejercer actividades empresariales, personalmente o a través de una persona, por un periodo de 10 años efectivo a partir de la sentencia.
Estas decisiones están firmadas por el secretario A. Paepen y publicadas bajo las referencias 2026/143063 y 2026/143066.
Hasselt: ocho años para Yusuf Yoldas
El tribunal de la empresa de Amberes, división de Hasselt, ha impuesto a Yusuf Yoldas, nacido en Maasmechelen el 23 de julio de 1979 y domiciliado en 3630 Maasmechelen, Sneppenlaan (M) 27, una prohibición de ejercer actividades empresariales, personalmente o a través de una persona, por una duración de 8 años a partir de la sentencia, sobre la base del artículo XX.229, § 1 WER. El tribunal ha rechazado el resto de la solicitud del ministerio público. El extracto conforme está firmado por S. Geeraert y publicado bajo la referencia 2026/143096.
Prohibiciones que siguen a quiebras
Los tres interesados aparecen en expedientes de quiebra publicados en el Moniteur belge:
- Nawfal Services Comm V, Dokter Persoonslaan 20/1 à 2830 Willebroek, quiebra abierta el 27 de noviembre de 2023 (referencia 20230245).
- Necsea Denisa, quiebra abierta el 2 de junio de 2025 (referencia 20250134), cerrada por insuficiencia de activos sin condonación.
- Yusuf Yoldas, quiebra abierta el 11 de enero de 2022 (referencia 20220005).
Estas publicaciones recuerdan que la prohibición de explotar una empresa es una sanción impuesta por el tribunal de la empresa, a menudo tras una quiebra, y que se hace pública para informar a terceros.
Alcance para los lectores
Para los acreedores, los socios comerciales y los síndicos, estas menciones en el Moniteur belge constituyen una señal de alerta: permiten verificar, antes de cualquier relación comercial, que una persona no esté afectada por una prohibición de explotar una empresa o de ejercer una función de dirección. Los plazos impuestos —7, 8 y 10 años— son efectivos y corren a partir de la fecha de la sentencia, lo que excluye cualquier nueva actividad empresarial o mandato de gestión durante dicho periodo.
Fuente: Moniteur belge del 15 de octubre de 2026, referencias 2026/143066 y 2026/143096.