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La Gaceta — Diario Oficial · 23 Sep 2026 · 9 vistas

ANA renueva el permiso de vertidos de EMAPASMOSA en Ciudad Sandino

Por FactBox Admin

ANA renueva el permiso de vertidos de EMAPASMOSA en Ciudad Sandino

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) inscribió la renovación y modificación del permiso de vertidos a favor de la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de la Urbanización Altos de Motastepe, S.A. (EMAPASMOSA), que operará dos sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas con un volumen conjunto de 121 576 m³ anuales vertidos al cauce natural. La decisión consta en la Resolución Administrativa N.° RAE-ANA-DGRH-0138-2026, emitida el 13 de agosto de 2026 y notificada el 1 de septiembre de 2026, y su certificación de inscripción se publica en La Gaceta, Diario Oficial N.° 173 del miércoles 23 de septiembre de 2026, página 9273, bajo la referencia RPNDAPS-LIPV-RPV-0023-2026.

El permiso renueva y modifica el otorgado mediante la Resolución Administrativa RAE-ANA-DGRH-0151-2021 y tiene una vigencia de cinco años contados desde su notificación. La inscripción la practicó el Registro Público Nacional de Derechos de Agua y de Prestadores de Servicios de la ANA, entidad creada por la Ley N.° 620, Ley General de Aguas Nacionales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N.° 169 del 4 de septiembre de 2007, y reformada por la Ley N.° 1046, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N.° 217 del 23 de noviembre de 2020.

Dos sistemas de tratamiento en Altos de Motastepe

  • STAR 1 EMAPASMOSA: sistema de tratamiento de aguas residuales en las coordenadas UTM WGS84 571480 E – 1341127 N, con un volumen máximo de vertido anual de 16 401,00 m³.
  • STAR 2 EMAPASMOSA: sistema de tratamiento en las coordenadas UTM WGS84 571499 E – 1341119 N, con un volumen máximo de vertido anual de 105 175,00 m³.
  • Puntos de vertido: designados «Punto de vertido STAR 1 EMAPASMOSA» y «Punto de vertido STAR 2 EMAPASMOSA», en las coordenadas UTM WGS84 571839 E – 1341271 N.
  • Génesis del vertido: residual doméstico. Cuerpo receptor: cauce natural.
  • Ubicación: cuenca N.° 69 denominada «Río San Juan», municipio de Ciudad Sandino, departamento de Managua, Urbanización Altos de Motastepe.

Trámite, registro y publicación

La solicitud fue presentada el 1 de septiembre de 2026 por Tamara Libertad Granados Etchegoyen, en calidad de Apoderada General de Administración de EMAPASMOSA, sociedad constituida mediante Escritura Pública número 1 del 21 de junio de 2005, ante los oficios notariales de Melvin Antonio Estrada Canizales, y cuya representación se acredita con el Testimonio de Escritura Pública número 100 del 3 de septiembre de 2008, del notario Félix José Palacios Bragg.

La inscripción quedó asentada bajo el Número Perpetuo 0023, Folios 33 y 34, Tomo VII del Libro de Inscripción de Permisos de Vertidos, con el registro Reg. 2026-00887. La certificación fue firmada por Luis Fernando Yescas García, del Registro Público Nacional de Derechos de Agua y de Prestadores de Servicios de la ANA, en Managua, a las tres y cincuenta y cinco minutos de la tarde del 1 de septiembre de 2026. El Resuelve Octavo de la resolución ordena publicar la certificación en La Gaceta, Diario Oficial, en un plazo máximo de quince días calendario.

Antecedentes del saneamiento en la zona

La ANA ya había aprobado el diseño del sistema de saneamiento de aguas residuales domésticas de EMAPASMOSA para el proyecto Condominio Miralago, mediante la Resolución Administrativa RAE-ANA-DGAPS-0037-2026, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N.° 167 del 8 de septiembre de 2026. La renovación ahora inscrita consolida la operación de dos plantas de tratamiento dentro de la misma urbanización.

Para los vecinos de Ciudad Sandino y de la Urbanización Altos de Motastepe, la publicación fija las condiciones técnicas y los volúmenes autorizados de vertido al cauce natural, así como la vigencia de cinco años del permiso, lo que permite verificar el cumplimiento ambiental de la empresa y exigir controles ante la ANA.


Fuente: La Gaceta, Diario Oficial N.° 173, miércoles 23 de septiembre de 2026, Sección I, pág. 9273 (referencia oficial: RPNDAPS-LIPV-RPV-0023-2026).