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BOP de Guadalajara · 16 Oct 2026 · 16 vistas

Alovera aprueba definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior del casco urbano

Por FactBox Admin

Alovera aprueba definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior del casco urbano

El Pleno del Ayuntamiento de Alovera aprobó definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior (PERI) del casco urbano del municipio en sesión ordinaria celebrada el 30 de septiembre de 2026. El acuerdo, firmado por la alcaldesa María Purificación Tortuero Pliego el 13 de octubre, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 198, correspondiente al viernes 16 de octubre de 2026, junto con la normativa urbanística completa del plan (referencia 2026_2708).

El texto da cumplimiento al artículo 157 del Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento, y al artículo 42.2 del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, que aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha. La aprobación definitiva incorpora las modificaciones resultantes de los informes emitidos durante la tramitación.

El acuerdo ordena publicar el texto en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y depositar un ejemplar debidamente diligenciado en el Ayuntamiento y en la Consejería competente en materia de ordenación territorial y urbanística. El documento íntegro queda a disposición de los interesados en la sede electrónica municipal (alovera.sedelectronica.es).

Qué regula el nuevo plan

El PERI desarrolla la ordenación detallada del suelo incluido en su ámbito mediante dos normas zonales: la Norma Zonal 1, de casco urbano, y la Norma Zonal 2, de vivienda unifamiliar. Su vigencia es indefinida y vincula por igual a personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, declarando en situación de fuera de ordenación las situaciones preexistentes disconformes con la nueva ordenación.

  • Superficie construida media por vivienda: no inferior a 100 m²c en residencial multifamiliar.
  • Parcela mínima edificable en casco urbano: 100 m²s, con frente mínimo de 5 metros.
  • Altura máxima en la Plaza Mayor: 3 plantas (baja más dos), respetando la altura dominante de aleros existente.
  • Altura de cornisa: 7 metros para 2 plantas, 10 metros para 3 y 13 metros para 4.
  • Aparcamiento: una plaza por vivienda o una por cada 100 m² construidos, con un 2% de plazas accesibles.

Vivienda unifamiliar y aprovechamientos

La Norma Zonal 2 se aplica, entre otras, a la parcela de referencia catastral 9043802VK7994S y al antiguo sector II-2, y distingue tres grados según la tipología edificatoria.

  • Grado 1: vivienda aislada en parcela de 400 m²s o más; edificabilidad máxima de 0,70 m²c/m²s.
  • Grado 2: vivienda pareada desde 300 m²s; edificabilidad de 0,80 m²c/m²s.
  • Grado 3: vivienda en hilera desde 150 m²s y menos de 300 m²s; edificabilidad de 1,00 m²c/m²s.
  • Altura máxima de cornisa común: 7,50 metros, con dos plantas más bajo cubierta y pendiente máxima del 50%.

Patrimonio protegido y estudios de detalle

El plan mantiene la protección integral de tres inmuebles, en los que solo se admiten obras de restauración y conservación: la Iglesia de San Miguel Arcángel (I.01), la Ermita de la Virgen de la Soledad (I.02) y la Ermita de la Virgen de la Paz (I.03). También delimita ámbitos de protección de entorno en los que se prohíben acabados de fachada en alicatados o muros cortina, cubiertas planas, marquesinas y toldos fijos.

Los planos de ordenación detallada fijan tres ámbitos preferentes para estudios de detalle, todos de iniciativa privada y en suelo urbano consolidado:

  • Manzana M-10: 10.304 m²s, apertura de vial y ordenación de volúmenes.
  • Manzana M-12: 5.877 m²s, con un viario de coexistencia de 12 metros que conectará la calle La Chopera con la calle Cañada Real.
  • Manzana M-37: 4.379 m²s, con un viario de 12 metros entre la calle Molino y la calle San Sebastián, en continuidad de la calle Abajo.

Plazos y vías de recurso

Contra el acuerdo, que aprueba una disposición de carácter general, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses desde el primer día hábil siguiente a la publicación. El órgano sustantivo dispone de quince días hábiles para remitir al Diario Oficial de Castilla-La Mancha la resolución aprobatoria y la referencia al informe ambiental estratégico.

La entrada en vigor del PERI fija desde ahora los usos, las alturas y la edificabilidad de cada parcela del casco urbano de Alovera, por lo que condiciona tanto las licencias de obra futuras como el valor de los inmuebles afectados. Los propietarios de las manzanas M-10, M-12 y M-37 deberán tramitar estudios de detalle para materializar la reordenación prevista.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 198, 16 de octubre de 2026, sección I (Anuncios), pág. 1 (referencia oficial: 2026_2708).