BOP de Ciudad Real · 26 Oct 2026 · 4 vistas
Almadén aprueba un protocolo contra el acoso sexual en el Ayuntamiento
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Almadén ha aprobado el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito laboral mediante el Decreto de Alcaldía-Presidencia n.º 2026-1801, de 22 de octubre de 2026. El texto íntegro se hace público en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 206, de lunes 26 de octubre de 2026, en la sección de Administración Local (anuncio número 3445), y consta de 41 páginas. El documento lleva la firma de la Alcaldesa-Presidenta, Raquel María Jurado Merchán.
El protocolo desarrolla el Plan estratégico municipal de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Almadén, aprobado por el Pleno en sesión extraordinaria y urgente el 18 de enero de 2022, y concreta los ejes 1 (gestión pública con perspectiva de género) y 3 (prevención y acción contra la violencia de género). El propio texto justifica su aprobación, casi cuatro años después del Plan, por los cambios normativos posteriores: el desarrollo de los artículos 46.2 y 48 de la Ley Orgánica 3/2007, la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual y la modificación del Real Decreto Legislativo 5/2015 en materia de planes de igualdad y registro de protocolos.
El marco de referencia invocado incluye el Convenio número 190 de la OIT, el Real Decreto 901/2020, la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato, el artículo 14 de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales y, en el ámbito autonómico, la Ley 12/2010 de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha, la Ley 4/2018 para una Sociedad Libre de Violencia de Género y la Ley 4/2011 de Empleo Público.
Una comisión estable con cuatro áreas y asesoría confidencial
La tramitación de quejas y denuncias corresponde a la Comisión de prevención y contra el acoso sexual y por razón de sexo (Comisión PAS), integrada por una persona representante de cada uno de estos ámbitos:
- La asesoría jurídica del Centro de la Mujer, que actúa como asesoría confidencial.
- El Área de Personal del Ayuntamiento.
- El Servicio de Prevención.
- Un delegado o delegada de prevención designado por el Comité de Empresa.
Los miembros serán fijos, con mandato de cuatro años desde la aprobación del protocolo, y deberán abstenerse en caso de parentesco, amistad íntima, enemistad manifiesta o interés directo en el expediente. La asesoría confidencial recibe la denuncia, informa a la persona afectada de sus derechos, recaba la información y la acompaña durante todo el proceso.
Plazos: cinco días para la vía abreviada y quince para la formal
El procedimiento se articula en dos itinerarios. El abreviado busca una solución urgente y se extiende por un máximo de 5 días hábiles desde la recepción de la queja, con seguimiento a los 15 días hábiles posteriores a su resolución. Si no prospera o la gravedad de los hechos lo exige, se abre el procedimiento formal, que debe resolverse en un plazo no superior a 15 días laborables, ampliable por acuerdo de la Comisión PAS en 3 días laborables más por complejidad.
Recibidas las conclusiones, la persona responsable del Área de Personal dispone de 3 días laborables para decidir y comunicar por escrito la resolución a la víctima, a la persona denunciada y a la Comisión PAS. El seguimiento posterior debe realizarse en un plazo máximo de 30 días naturales.
Protección de la víctima y canal de denuncias reservado
Las denuncias se canalizan a través de un espacio reservado en la intranet municipal, el “Portal del Empleado”, al que solo acceden la asesoría confidencial y los miembros de la Comisión PAS, o mediante un correo electrónico específico, sobre cerrado o el modelo normalizado incluido en el anexo III. Cada parte recibe un código numérico para preservar el anonimato.
Entre las medidas cautelares, el protocolo obliga a separar a la presunta persona acosadora de la víctima y prohíbe expresamente forzar a la víctima a un cambio de puesto, horario o ubicación. Si se aprecian indicios de delito, el Ayuntamiento trasladará el caso al Ministerio Fiscal. El texto incorpora además cuatro anexos con el listado de conductas constitutivas de acoso —incluido el digital—, el catálogo de comportamientos contrarios a la integridad moral y a la libertad sexual, el formulario de denuncia y el modelo de declaración de confidencialidad.
Vigencia de cuatro años y revisión obligatoria
El protocolo es de obligado cumplimiento, entró en vigor el día de su aprobación y se mantendrá vigente durante cuatro años. Su revisión se realizará conforme al artículo 9 del Real Decreto 901/2020 o cuando se produzca un cambio legislativo relevante. Se aplica a todo el personal municipal, incluido el procedente de otras empresas y las personas en formación o prácticas, y cubre también los desplazamientos, los viajes, los eventos sociales y los trayectos entre el domicilio y el trabajo.
El Ayuntamiento se compromete a un plan de difusión —publicación en la web municipal, material divulgativo y envío por correo electrónico— y a un plan de formación específica, así como a incorporar preguntas sobre acoso en las evaluaciones de riesgos psicosociales y de clima laboral.
La aprobación dota al consistorio de un procedimiento interno reglado para unas conductas que hasta ahora solo contaban con el marco general del Plan de Igualdad de 2022. El texto reconoce que el acoso sexual y por razón de sexo “generan siempre una afectación a la dignidad” y son constitutivos de discriminación, y extiende la protección a quienes testifiquen o participen en la investigación, no solo a quien denuncia.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, número 206, de 26 de octubre de 2026, Administración Local-Ayuntamientos, págs. 10049-10066 (referencia oficial: anuncio número 3445; CVE 0JpqBZ9qtUbiJaj54i/D).