BOP de Cáceres · 20 Oct 2026 · 7 vistas
Alagón del Río somete a alegaciones el reglamento interno del programa Ateneo
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Alagón del Río ha aprobado inicialmente el Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo “Alagón en Verde VI” y lo somete a información pública por un plazo mínimo de treinta días. El acuerdo lo adoptó el Pleno en sesión del 5 de octubre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 0201, de 20 de octubre de 2026, en la Sección I - Administración Local (referencia BOP-2026-4888, págs. 23792 a 23812).
El marco normativo del programa es el Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural “ATENEO” y su primera convocatoria. El programa consiste en itinerarios de orientación, tutorización e intermediación, formación en alternancia con el empleo y experiencia profesional en empresas privadas, dirigidos a la inserción sociolaboral en municipios extremeños de menos de 5.000 habitantes.
Podrán participar personas desempleadas en situación o riesgo de exclusión social, mayores de 18 años, inscritas en los centros de empleo del SEXPE y que cumplan los requisitos del artículo 14 del citado decreto. La entidad promotora es el propio Ayuntamiento de Alagón del Río, y el texto aparece suscrito en la localidad a 30 de julio de 2026 por la alcaldesa-presidenta, Johanna Gómez Domínguez; la coordinadora/tutora, María del Carmen Magdaleno Plata; la monitora, Laura Galindo Rivero, y el representante del alumnado trabajador, José Antonio González Bermejo. El taller impartido es el de actividades auxiliares en viveros, jardines y centros de jardinería.
Treinta días de exposición y aprobación tácita si no hay reparos
El acuerdo plenario somete el reglamento a información pública y audiencia de los interesados con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios municipal. El plazo:
- Mínimo de treinta días para presentar reclamaciones o sugerencias.
- Las alegaciones serán resueltas por la Corporación.
- El texto íntegro se publica simultáneamente en la sede electrónica municipal, https://alagondelrio.sedeelectronica.es, para recabar aportaciones de ciudadanos y entidades.
Si no se presenta ninguna reclamación en ese plazo, el reglamento se entenderá aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso del Pleno, y el texto íntegro se publicará en el tablón de anuncios y en el BOP.
Claustro, comisión de convivencia y asamblea del alumnado
El reglamento fija que la máxima responsabilidad corresponde al Ayuntamiento de Alagón del Río como entidad promotora y articula tres órganos de gestión y representación:
- Claustro: órgano de participación del personal docente, presidido por el coordinador técnico tutor, que programa las actividades formativas, fija criterios de evaluación, impulsa iniciativas formativas y elabora el Plan de Inserción Laboral; se reúne al menos una vez al mes.
- Comisión de Convivencia: integrada por un representante de la entidad promotora, el coordinador técnico tutor, un representante del resto del equipo técnico y el delegado o delegada del alumnado trabajador; vigila el cumplimiento del reglamento y media en los conflictos.
- Asamblea general del alumnado: su delegado se elige por votación de la totalidad del alumnado trabajador y puede ser destituido.
En el capítulo de normas generales se establece una jornada habitual de 7:45 a 15:15 horas, con un descanso diario de 30 minutos, modificable según estacionalidad o necesidades del trabajo. Vacaciones, permisos y bajas por incapacidad laboral transitoria se rigen por el Estatuto de los Trabajadores. El uso del vestuario y de los equipos de protección individual es obligatorio, y el teléfono móvil queda prohibido durante la jornada laboral salvo autorización expresa del monitor y del coordinador.
Derechos, deberes y tres escalas de sanción
El reglamento reconoce el derecho al respeto a la dignidad personal, a la no discriminación, a la integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene, además de formación ocupacional gratuita y participación a través de representantes. Entre los deberes figuran cumplir el Plan Formativo, respetar las instalaciones y observar las medidas de seguridad.
El régimen disciplinario clasifica las faltas en leves, graves y muy graves, y prevé estas sanciones:
- Leves: amonestación verbal, apercibimiento por escrito o suspensión de empleo y sueldo de un día.
- Graves: suspensión de empleo y sueldo de dos a seis días.
- Muy graves: suspensión de siete a treinta días o despido disciplinario.
El texto computa dos faltas leves como una grave y dos graves como una muy grave, de modo que dos muy graves conllevan la expulsión del proyecto y el despido disciplinario. En las graves y muy graves se instruye expediente, iniciado por la Dirección, con comunicación escrita y un plazo de 72 horas para alegar antes de que la entidad promotora dicte resolución.
La apertura de este trámite afecta directamente a la plantilla y al alumnado del programa de empleo rural, que hasta ahora carecía de un texto interno propio publicado: el reglamento convierte en norma escrita las condiciones de trabajo, la organización del taller y las consecuencias del incumplimiento, y deja en manos de las alegaciones vecinales y de los participantes la redacción final del documento que regirá el proyecto.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, nº 0201, 20 de octubre de 2026, Sección I - Administración Local, págs. 23792-23812 (referencia oficial: BOP-2026-4888).