Diario Oficial de Galicia · 01 Oct 2026 · 23 vistas
La Xunta autoriza ampliar el centro de transformación Castellana en Oza Cesuras
Por FactBox Admin

La Consellería de Economía e Industria ha concedido la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el concejo de Oza Cesuras, que consiste en el aumento de potencia del centro de transformación Castellana. La resolución, del 9 de septiembre de 2026, la firma el director territorial de La Coruña, Isidoro Martínez Arca, y se publica en el Diario Oficial de Galicia (DOG) núm. 187, del 1 de octubre de 2026, bajo el expediente IN407A 2026/175-1.
La actuación la promueve Unión Distribuidores Electricidad, S.A. (UFD), que el 8 de julio de 2026 solicitó las dos autorizaciones para el proyecto de ejecución de la instalación. El objetivo declarado es aumentar la potencia del centro de transformación por sobrecarga ocasional del transformador existente y poder atender el crecimiento vegetativo previsto en la zona. El proyecto, denominado Aumento de potencia CT Castellana (Borrifáns-Oza Cesuras), fue firmado el 6 de julio de 2026 por Antonio Javier Sabín Vázquez, ingeniero técnico industrial eléctrico colegiado número 2.233.
El procedimiento se tramitó al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000 y no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia. Tampoco se solicitó el informe preceptivo a ninguna administración, organismo ni empresa de servicio público o de interés general, por no existir afecciones. El informe técnico del departamento territorial se emitió el 7 de septiembre de 2026 y es favorable.
Características técnicas de la instalación
Las instalaciones se sitúan en el lugar de la Castellana, parroquia de Borrifáns, concejo de Oza Cesuras. Las características recogidas en la resolución son:
- Aumento de potencia del centro de transformación Castellana UDA240, de tipo intemperie.
- Paso de 100 kVA a 160 kVA.
- Relación de transformación de 15 kV/400-230 V.
- Mantenimiento del apoyo existente.
Competencia y marco legal
La resolución la dicta el director territorial al amparo del Decreto 9/2017, de 12 de enero, que establece los órganos competentes para resolver los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que son competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, y del Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria. La legislación de aplicación incluye:
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
- Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre transporte, distribución, comercialización y suministro de energía eléctrica.
- Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, sobre líneas eléctricas de alta tensión.
- Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, sobre instalaciones eléctricas de alta tensión.
- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, reglamento electrotécnico para baja tensión.
Plazos, obligaciones y vía de recurso
La instalación deberá ejecutarse en el plazo de dos años contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOG. Para la puesta en funcionamiento, la promotora deberá presentar ante el departamento territorial:
- Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo y las certificaciones u homologaciones, si procede.
- Un certificado del director o directora del montaje que garantice el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias.
- La planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
La autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente. El incumplimiento de las condiciones o la variación sustancial de los presupuestos que motivaron el otorgamiento pueden dar lugar a la revocación, luego de audiencia al interesado, según el artículo 53.10 de la Ley 24/2013. Contra la resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la consejera de Economía e Industria en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación, conforme a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015.
La autorización permite a la distribuidora reforzar el suministro en una zona rural del concello de Oza Cesuras, donde el transformador existente ya registraba sobrecargas ocasionales. La resolución llega sin trámite de información pública ni informes sectoriales, al considerar el departamento territorial que el proyecto no generaba afecciones, por lo que la vecindad de la parroquia de Borrifáns conoce ahora los términos y plazos de la actuación únicamente a través de la publicación oficial.
Fuente: Diario Oficial de Galicia (DOG), núm. 187, 1 de octubre de 2026, sección VI. Anuncios, págs. 51075-51078 (referencia oficial: cw43x723-3l58-mtu4-lbz9-q0mses73loi9).