FactBox.

BOP de A Coruña · 15 Oct 2026 · 16 vistas

La Diputación amplía el Plan Único con ocho millones para gastos sociales

Por FactBox Admin

A Deputación amplía o Plan Único con oito millóns para gastos sociais

El Pleno de la Diputación Provincial de la Coruña aprobó en la sesión del 14 de octubre de 2026 la modificación de las bases reguladoras del Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal (Plan Único de Ayuntamientos) POS+2026. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de la Coruña número 197, del 15 de octubre de 2026, con el número de anuncio 2026/6641. El texto consolidado de las bases incluye el POS+Adicional 1/2026 para gastos sociales extraordinarios, dotado con 8.000.000,00 euros para los 93 ayuntamientos de la provincia.

El documento modifica las bases que fueron aprobadas por el Pleno el 28 de noviembre de 2025 y publicadas en el BOP número 231 del 2 de diciembre de 2025. La modificación añade la base 15 y los anexos XXVII y XXVIII para regular el POS+Adicional 4/2026, dotado con 25.000.000,00 euros y destinado a gastos corrientes, reducción de deuda con la diputación o inversiones financieramente sostenibles.

El conjunto de las aportaciones provinciales destinadas al POS+2026, al POS+Adicional 1/2026 y al POS+Adicional 3/2026 asciende a 88.000.000,00 euros, según la tabla que figura en las bases:

  • 33.000.000,00 euros de aportación provincial 2026 (partidas 0430/4592/46201 y 0430/4592/76201).
  • 35.000.000,00 euros de aportación provincial 2025, consignada a través del expediente de modificación de créditos 6/2025.
  • 8.000.000,00 euros de aportación provincial 2026 extraordinaria para gastos sociales.
  • 12.000.000,00 euros para reducción de la deuda de los ayuntamientos con la diputación o gasto corriente.

Ocho millones para los servicios sociales municipales

La base 12 regula el POS+Adicional 1/2026, que se financia con una aportación provincial extraordinaria consignada en el presupuesto provincial de 2026: 3.000.000,00 euros en la partida 0611/23126/46201 y 5.000.000,00 euros en la partida 0611/23126/76201. La finalidad es apoyar a los servicios sociales municipales, permitiéndoles incrementar el gasto social extraordinario y tramitar con urgencia las prestaciones necesarias en situaciones de riesgo de exclusión.

Los destinatarios son los 93 ayuntamientos de la provincia, y la distribución entre ellos se realiza mediante las variables ponderadas que tradicionalmente se emplean en las asignaciones de fondos del POS, detalladas en la base 4.1. La gestión corresponde a la Sección de Servicios Sociales del Servicio de Acción Social, Cultural y Deportes de la diputación.

Qué se puede financiar

Las bases detallan las tipologías de gasto corriente y de inversión admisibles:

  • Refuerzo o ampliación de personal técnico y administrativo adscrito a los servicios sociales.
  • Ayudas de emergencia y necesidad social para unidades de convivencia vulnerables, con un límite de 500,00 euros por unidad cuando se entreguen en especie.
  • Aportación al servicio de ayuda en el hogar en la modalidad de dependencia y ampliación del SAF de libre concurrencia.
  • Servicios complementarios básicos: Comida en casa / Comedor sobre ruedas, lavandería y peluquería.
  • Servicios complementarios: acompañamiento y socialización, adaptaciones funcionales del hogar, podología, fisioterapia y terapia ocupacional.
  • Servicios de respiro y conciliación familiar.
  • Otras medidas sociales extraordinarias debidamente justificadas.
  • Inversión: equipamiento técnico asistencial (camas, sillas de ruedas, grúas) y equipamiento para los equipos técnicos de servicios sociales.

Quedan excluidos los gastos ya financiados por otras convocatorias de la diputación, las inversiones de uso general, las subvenciones a terceros, los programas sanitarios y escolares, las ambulancias y los vehículos de segunda mano.

Plazos y justificación

Las solicitudes se presentaron de forma telemática a través de la plataforma SUBTEL, entre el 9 de diciembre de 2025 y las 15:00 horas del 15 de enero de 2026. Los gastos corrientes deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.

La justificación deberá presentarse hasta el 31 de marzo de 2027; en el caso de las inversiones, el plazo puede ampliarse excepcionalmente hasta el 30 de septiembre de 2027 mediante resolución de la Presidencia. La aportación provincial se transfiere con carácter prepagable y la transferencia está condicionada a que el ayuntamiento haya justificado el importe recibido en el ejercicio anterior con cargo al POS+Adicional 1/2025.

La nueva base 15 y el POS+Adicional 4/2026

La modificación añade la base 15, que regula el POS+Adicional 4/2026 con una aportación provincial de 25.000.000,00 euros, que previsiblemente se consignará a través del expediente de modificación de créditos 5/2026. El plan se aprobará en dos fases: la primera, para gastos corrientes y reducción de deuda, con el plazo de presentación entre el 19 y el 30 de octubre de 2026; la segunda, para inversiones financieramente sostenibles o reducción de deuda, entre el 2 de noviembre y el 30 de diciembre de 2026.

La aprobación de esta modificación queda sometida a la condición suspensiva de la entrada en vigor del expediente de modificación de créditos 5/2026, por lo que no se podrá realizar ningún acto que suponga compromiso presupuestario provincial mientras no se cumpla esa condición. El anuncio está firmado por el presidente, Valentín González Formoso, y por el secretario general, Miguel Iglesias Martínez.

La ampliación del POS+ con ocho millones para gastos sociales extraordinarios refuerza la financiación de los servicios sociales municipales en un ejercicio en el que los ayuntamientos deben afrontar el incremento de las prestaciones de emergencia, dependencia y ayuda en el hogar. Para los vecinos, se traduce en más recursos para personas vulnerables y en nuevas plazas y servicios de proximidad en los 93 municipios de la provincia.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia da Coruña, número 197, 15 de octubre de 2026, Administración Local, págs. 1-86 (referencia oficial: 2026/6641).