Diario Oficial de la República de Chile · 15 Sep 2026 · 3 vistas
Yerbas Buenas aprueba primera enmienda a su Plan Regulador Comunal
Por FactBox Admin

La Municipalidad de Yerbas Buenas aprobó la primera enmienda a su Plan Regulador Comunal, mediante el decreto Nº 982, de 28 de agosto de 2026, publicado en el Diario Oficial Núm. 44.551 del 15 de septiembre de 2026 (CVE 2868285). La medida reclasifica la vía estructurante Ruta L-25 / Manuel Rodríguez y crea dos subzonas urbanas con mayores densidades y constructibilidad, con impacto directo en el desarrollo inmobiliario y la vialidad local.
El instrumento fue firmado por la Alcaldesa (S) Ximena Vera Arellano, Administradora Municipal, y la Secretaria Municipal Elizabeth Hernández Peña, en ejercicio de la alcaldía ante la abstención del titular, Jonathan Norambuena Barros, por conflicto de interés. La enmienda se tramitó conforme al artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre el Plan Regulador aprobado por resolución Nº 67 del Gobierno Regional del Maule (14 de agosto de 2018).
Reclasificación de la Ruta L-25
La enmienda modifica la clasificación vial de la Ruta L-25 en toda su extensión dentro del área regulada, reclasificándola de vía Troncal a vía Colectora, y ajusta el ancho proyectado de 30 a 20 metros en la vía L-25 y Manuel Rodríguez. Se actualizan el Título III, “Vialidad Urbana”, artículo 11, y el Título IV, “Normas Transitorias”, artículo 1º transitorio, de la Ordenanza Local.
- Tramo Manuel Rodríguez (Camino a Putagán–José Miguel Carrera): ancho proyectado 20 m, ensanche costado poniente.
- Tramo Ruta L-25 (límite urbano sur–Avda. Centenario): ancho proyectado 20 m, ensanche costado oriente.
- Tramo Ruta L-25 (Avda. Centenario–Camino a Putagán): ancho proyectado 20 m.
- Tramo Ruta L-25 (Los Portones Azules–límite urbano norte): ancho proyectado 20 m, ensanche costado poniente.
Nuevas subzonas urbanas
Se crean las subcategorías Sub-Zona Urbana 3.1 (SZU3.1) y Sub-Zona Urbana 4.1 (SZU4.1), derivadas de las zonas ZU3 y ZU4, delimitadas por cuatro polígonos con coordenadas UTM. La SZU4.1 modifica los siguientes parámetros:
- Superficie de subdivisión predial mínima: de 400 a 280 m².
- Densidad bruta máxima de habitabilidad residencial: de 100 a 120 hab/ha.
- Coeficiente de ocupación de suelo: de 0,6 a 0,78.
- Coeficiente de constructibilidad: de 1,5 a 1,95.
- Antejardín: de 5 a 3 metros.
La SZU3.1, por su parte, reduce la subdivisión predial mínima de 300 a 210 m², eleva la densidad residencial de 250 a 300 hab/ha y aumenta el coeficiente de ocupación de 0,6 a 0,78.
Tramitación y participación ciudadana
El proceso se inició con la autorización del Concejo Municipal en sesión Nº 074 Ordinaria (12 de mayo de 2026) y el decreto municipal Nº 1.302. Se realizaron dos audiencias públicas —el 10 de junio y el 24 de agosto de 2026— y una exposición pública de 30 días desde el 15 de junio, sin que se recibieran consultas u observaciones. La aprobación final se produjo en sesión Nº 89 del Concejo (25 de agosto de 2026), por unanimidad de la sala.
El plano de la enmienda fue suscrito por la arquitecta Sindy Palomera Salgado, el Secretario de Planificación Comunal José Olivares Quiroz, el Director de Obras Municipales Héctor Calquin Calquin y el Alcalde Jonathan Norambuena Barros.
La enmienda abre mayores posibilidades de densificación y edificación en sectores urbanos de la comuna, a la vez que redefine la vialidad estructurante, lo que incidirá en futuros proyectos inmobiliarios y en la planificación del tránsito local. En todo lo no modificado, se mantiene inalterable la Ordenanza Local aprobada en 2018.
Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.551, 15 de septiembre de 2026, Normas Generales, pág. 1-5 (referencia oficial: CVE 2868285).