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Diario Oficial de la República de Chile · 15 Sep 2026 · 3 vistas

Yerbas Buenas aprueba enmienda a su Plan Regulador Comunal y vialidad

Por FactBox Admin

Yerbas Buenas aprueba enmienda a su Plan Regulador Comunal y vialidad

La Municipalidad de Yerbas Buenas aprobó la primera enmienda a su Plan Regulador Comunal (PRC), mediante el decreto Nº 982, de 28 de agosto de 2026, publicado en el Diario Oficial de la República de Chile Núm. 44.551, del martes 15 de septiembre de 2026, en la Sección I, Normas Generales (CVE 2868285). La medida modifica la vialidad estructurante de la localidad y ajusta las normas urbanísticas de determinados sectores del área urbana.

El instrumento fue firmado por la Alcaldesa (S) Ximena Vera Arellano, Administradora Municipal que subrogó al Alcalde Jonathan Norambuena Barros, proclamado por el Tribunal Electoral Regional del Maule (Rol Nº 137-2024) y en funciones desde el 6 de diciembre de 2024. La enmienda se tramitó por el mecanismo del artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre el PRC original aprobado por resolución Nº 67 del Gobierno Regional del Maule, de 14 de agosto de 2018.

Reclasificación de la vialidad estructurante

El eje vial Ruta L-25 / Manuel Rodríguez se reclasifica de vía Troncal a vía Colectora en toda su extensión dentro del área regulada, y su ancho proyectado se reduce de 30 a 20 metros. Se modifican el Título III, “Vialidad Urbana”, artículo 11, y el Título IV, “Normas Transitorias”, artículo 1º transitorio, de la Ordenanza Local, con tramos que contemplan ensanches por costado poniente u oriente según el sector.

Nuevas subzonas urbanas SZU3.1 y SZU4.1

La enmienda crea dos subcategorías normativas derivadas de las zonas ZU3 y ZU4, delimitadas por polígonos con coordenadas UTM, que flexibilizan los parámetros de edificación:

  • Sub-Zona Urbana 4.1 (SZU4.1): subdivisión predial mínima de 400 a 280 m²; densidad bruta residencial de 100 a 120 hab/ha; coeficiente de ocupación de suelo de 0,6 a 0,78; constructibilidad de 1,5 a 1,95; antejardín de 5 a 3 metros.
  • Sub-Zona Urbana 3.1 (SZU3.1): subdivisión predial mínima de 300 a 210 m²; densidad bruta residencial de 250 a 300 hab/ha; coeficiente de ocupación de suelo de 0,6 a 0,78.

Tramitación y participación ciudadana

El proceso incluyó la autorización del Concejo Municipal en su Sesión Nº 074 Ordinaria (12 de mayo de 2026), el inicio de la tramitación por decreto municipal Nº 1.302, y dos audiencias públicas en el Complejo Criollo (10 de junio y 24 de agosto de 2026), con exposición de los antecedentes por 30 días. La aprobación final se adoptó en la Sesión Nº 89 del Concejo, de 25 de agosto de 2026, por unanimidad y con abstención del Alcalde por posible conflicto de interés. El plano de la enmienda fue suscrito por la arquitecta Sindy Palomera Salgado, el Secretario de Planificación Comunal José Olivares Quiroz y el Director de Obras Municipales Héctor Calquin Calquin.

La enmienda flexibiliza la densificación y reduce los estándares de subdivisión en sectores urbanos de la comuna, lo que puede impulsar el desarrollo inmobiliario local y reordenar la conectividad de la Ruta L-25, con impacto directo en la normativa urbanística que regirá futuros proyectos en Yerbas Buenas.


Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.551, 15 de septiembre de 2026, Sección I, Normas Generales, pág. 1-5 (referencia oficial: CVE 2868285).