BOP de Lugo · 02 Sep 2026 · 2 vistas
Xove aprueba un suplemento de crédito de ejecución inmediata
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Xove, en sesión extraordinaria celebrada el 27 de agosto de 2026, aprobó el expediente de modificación de créditos número 16/2026, en la modalidad de Suplemento de Crédito. La decisión, firmada por el alcalde José Demetrio Salgueiro Rapa, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo (número 200, año 2026, del 2 de septiembre), bajo la referencia R. 2336.
Marco normativo
El acuerdo se tramita al amparo del artículo 42 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, en relación con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Se trata de una modificación presupuestaria que amplía el crédito disponible en una partida concreta, sin alterar el conjunto del presupuesto municipal.
Exposición pública y reclamaciones
El expediente queda expuesto al público en la Intervención del Ayuntamiento durante un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación del anuncio en el boletín provincial, para que las personas interesadas puedan presentar reclamaciones ante el Pleno.
- Plazo de exposición: 15 días hábiles desde la publicación en el BOP de Lugo.
- Lugar de consulta: Intervención del Ayuntamiento de Xove.
- Órgano ante el que se presentan las reclamaciones: el Pleno.
Ejecutividad y recursos
Por aplicación del apartado 6 del artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente tiene carácter inmediatamente ejecutivo, de modo que la modificación puede aplicarse sin esperar a la aprobación definitiva. En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se considerará aprobada definitivamente la modificación de créditos, pudiendo entonces interponerse recurso contencioso-administrativo desde la fecha de la aprobación definitiva.
Relevancia
La aprobación de este suplemento de crédito dota al Ayuntamiento de Xove de capacidad inmediata para afrontar gastos no previstos inicialmente en el presupuesto, sin demoras administrativas. La ejecución inmediata permite a la corporación disponer de los fondos con celeridad, mientras que el período de exposición pública garantiza la participación y el control de la ciudadanía sobre la gestión presupuestaria municipal.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, número 200, año 2026, 2 de septiembre de 2026, sección de ayuntamientos (referencia oficial: R. 2336).