FactBox.

Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 04 Nov 2026 · 6 vistas

Vitoria amplía en 65.000 euros las ayudas a locales comerciales vacíos

Por FactBox Admin

Vitoria amplía en 65.000 euros las ayudas a locales comerciales vacíos

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz amplía en 65.000 euros la dotación del programa municipal de ayudas a la dinamización de locales comerciales disponibles en el término municipal para el ejercicio 2026, que pasa así de 300.000 a 365.000 euros. La decisión la adoptó la Junta de Gobierno Local en su sesión de 16 de octubre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) número 127, de 4 de noviembre de 2026, con la referencia oficial 2026-03081.

El marco de la convocatoria es la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, aprobada inicialmente por el Pleno en sesión ordinaria de 21 de abril de 2023 y publicada en el BOTHA número 88, de 28 de julio de 2023, en vigor desde el día siguiente. Sobre esa base, la Junta de Gobierno Local aprobó el 24 de abril de 2026 las bases y la convocatoria pública del programa de ayudas, con cargo a la partida 2026.0822.4314.48969 del presupuesto municipal y por un importe inicial de 300.000,00 euros.

Las solicitudes superan el crédito disponible

El origen del incremento es el informe técnico emitido el 1 de octubre de 2026 por los servicios técnicos del Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo, que constata que la suma de solicitudes presentadas que cumplen los requisitos exigidos es superior al presupuesto disponible en la partida presupuestaria. Por ese motivo se propuso ampliar la convocatoria en 65.000,00 euros.

El informe sostiene que la inexistencia de crédito en la partida no debe ser razón para denegar las ayudas, ya que la base séptima de la convocatoria permite incrementar la dotación antes de la resolución cuando exista crédito sobrante en alguna de las convocatorias gestionadas por el citado departamento, de conformidad con el artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Una transferencia desde el plan de relevo comercial

El crédito adicional procede de una modificación presupuestaria ya efectuada: la transferencia de 65.000,00 euros sobrantes en la partida 0822.4314.47102 «Plan relevo, ampliación y simplificación comercial» hacia la partida 0822.4314.48969 «Ayudas a la dinamización de locales», teniendo en cuenta que ese crédito excedentario no se utilizará a lo largo del ejercicio.

El acuerdo aprobado consta de tres puntos:

  • Incrementar en 65.000,00 euros los recursos destinados a la convocatoria aprobada el 24 de abril de 2026, hasta un total de 365.000,00 euros.
  • Consignar el gasto de 65.000,00 euros con cargo al saldo de crédito disponible tras la modificación presupuestaria en la partida 0822.4314.48969.
  • Disponer la publicación del acuerdo en el BOTHA y en la página web municipal, previa inscripción en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Competencia de la Junta de Gobierno Local

La competencia para conceder subvenciones corresponde a la Junta de Gobierno Local en virtud del artículo 127.1.g y 2 de la Ley de Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, y del artículo 8.1 de la ordenanza municipal de subvenciones. El expediente se tramita a la vista del acuerdo de delegación de competencias en materia de subvenciones de 16 de mayo de 2025, y el acuerdo aparece firmado en Vitoria-Gasteiz el 16 de octubre de 2026 por la concejala delegada del departamento, María Nanclares Caballero.

La tramitación incluye la comprobación de que existe dotación suficiente y adecuada en la partida del presupuesto municipal aprobado para 2026, requisito que el acuerdo da por cumplido antes de disponer el gasto.

Efecto sobre el comercio urbano

La ampliación llega después de que la convocatoria agotara su crédito con las solicitudes que cumplían los requisitos, de modo que el nuevo importe permitirá atender un número mayor de proyectos de apertura en locales vacíos y evitar que quedaran fuera del programa por falta de consignación. La medida afecta al conjunto del término municipal y se financia íntegramente con crédito ya disponible en el presupuesto municipal de 2026, sin aportación adicional.


Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, núm. 127, 4 de noviembre de 2026, sección II - Administración Local del Territorio Histórico de Álava, pág. 1-2 (referencia oficial: 2026-03081).