Boletín Oficial del Principado de Asturias · 08 Oct 2026 · 20 vistas
Villaviciosa convoca 40.000 euros en subvenciones deportivas para clubes y deportistas
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Villaviciosa ha convocado subvenciones a actividades deportivas para el ejercicio 2026 por un importe total de 40.000 euros, a repartir entre cuatro líneas de ayuda. El acuerdo fue adoptado por la Junta de Gobierno Local el 5 de octubre de 2026 y su extracto se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 195, de 8 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026-08190 y el identificador BDNS 933499.
La convocatoria se ampara en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y remite al texto íntegro depositado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El marco normativo municipal son las Bases Generales reguladoras del régimen de concesión de subvenciones del Ayuntamiento, aprobadas por acuerdo del Pleno de 2 de julio de 2026 y publicadas en el BOPA núm. 171, de 3 de septiembre de 2026.
El objeto es la promoción y desarrollo de actividades deportivas con repercusión directa y efectiva en el municipio, que en todo caso deberán ser de carácter abierto al público. Las modalidades deportivas deben corresponderse con las registradas en el fichero estadístico de licencias federativas del Consejo Superior de Deportes (CSD) del último año.
Cuatro líneas y quién puede solicitarlas
- Línea 1. Personas físicas, asociaciones y clubes deportivos locales.
- Línea 2. Clubes deportivos locales.
- Línea 3. Personas físicas.
- Línea 4. Personas físicas.
La Línea 1 financia la organización de pruebas o eventos deportivos celebrados en Villaviciosa, federados o no, de ámbito popular, local, regional, nacional o internacional, así como competiciones de deportes tradicionales. La Línea 2 facilita la participación de los clubes locales en competiciones oficiales de las federaciones correspondientes en categoría nacional o autonómica. Las Líneas 3 y 4 son becas: la primera para deportistas locales y la segunda para el apoyo al deporte adaptado, destinadas en exclusiva a gastos corrientes derivados de la actividad deportiva.
Quedan excluidas las entidades ya subvencionadas mediante convenios de colaboración o cualquier otra fórmula para el mismo fin, y las federaciones deportivas en la Línea 2. Tampoco se admiten actividades en las que el Ayuntamiento haya asumido gastos con cargo a su presupuesto de forma mayoritaria.
Reparto del crédito y topes por solicitud
La subvención se imputa a la aplicación presupuestaria 341/489.00, con una cuantía total máxima de 40.000 euros:
- Línea 1, organización de pruebas o eventos deportivos: 8.000 euros.
- Línea 2, clubes deportivos locales: 24.000 euros.
- Línea 3, deportistas locales: 7.000 euros.
- Línea 4, apoyo al deporte adaptado: 1.000 euros.
Ninguna subvención podrá superar los 2.500 euros en la Línea 1, los 3.000 euros en la Línea 2 ni los 1.000 euros en las Líneas 3 y 4, y en ningún caso excederá del 80 % del presupuesto del proyecto presentado. Si una línea no agota su crédito, el sobrante podrá incorporarse a cualquier otra sin necesidad de nueva convocatoria.
Plazo de solicitud y condiciones
El plazo de presentación de solicitudes y documentación es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOPA, que tuvo lugar el 8 de octubre de 2026. Se permite subcontratar el 100 % de las actividades subvencionadas, en los términos del artículo 29 de la Ley 38/2003. El anuncio aparece firmado en Villaviciosa a 5 de octubre de 2026 por el Alcalde-Presidente de la corporación.
La convocatoria llega con el curso deportivo ya iniciado y concentra el grueso del dinero, 24.000 de los 40.000 euros, en los clubes locales que compiten en categorías nacionales o autonómicas, el colectivo con mayores costes de desplazamiento y licencias. Para las entidades y deportistas del concejo, el margen es estrecho: quince días hábiles para reunir la documentación y presentar el proyecto ante el registro municipal.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 195 de 8 de octubre de 2026, sección IV. Administración Local, Ayuntamientos, pág. 1-2 (referencia oficial: 2026-08190).