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BOP de Soria · 26 Oct 2026 · 1 vistas

Villasayas abre a información pública la bonificación del impuesto de vehículos

Por FactBox Admin

Villasayas abre a información pública la bonificación del impuesto de vehículos

El Ayuntamiento de Villasayas ha abierto a información pública la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, que afecta a su artículo 6º.- BONIFICACIONES. El cambio fue acordado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria del 14 de octubre de 2026 y se anuncia en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 123, de 26 de octubre de 2026 (referencia BOPSO-123-26102026). Los interesados disponen de 30 días hábiles para presentar reclamaciones.

El trámite se ajusta al artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El acuerdo plenario es, por tanto, una aprobación provisional: la norma solo quedará definitivamente aprobada si no se presenta ninguna reclamación durante el periodo de exposición pública.

Exposición en la Secretaría municipal

El expediente con la nueva redacción de la ordenanza queda a disposición del público en la Secretaría del Ayuntamiento de Villasayas. El plazo de 30 días hábiles se cuenta desde la publicación del anuncio en el boletín provincial, es decir, desde el 26 de octubre de 2026, por lo que se extiende hasta los primeros días de diciembre.

Durante ese periodo cualquier persona interesada puede examinar el texto y formular las alegaciones que considere oportunas. Si no se presenta ninguna, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de un nuevo pronunciamiento del Pleno, según recoge el propio anuncio.

Qué se modifica y qué no detalla el anuncio

El objeto de la modificación es el artículo de la ordenanza que regula las bonificaciones del impuesto, el apartado que determina qué titulares de vehículos pueden reducir la cuota tributaria y en qué supuestos. Se trata, por tanto, de un cambio que incide directamente en el recibo del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica de los titulares censados en el municipio.

  • Órgano que aprueba: Pleno del Ayuntamiento de Villasayas.
  • Fecha de la sesión: 14 de octubre de 2026 (sesión ordinaria).
  • Precepto afectado: artículo 6º.- BONIFICACIONES de la ordenanza fiscal.
  • Publicación del anuncio: Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 123, de 26 de octubre de 2026.
  • Plazo de reclamaciones: 30 días hábiles desde la publicación.
  • Lugar de consulta: Secretaría del Ayuntamiento.

El anuncio publicado no reproduce el texto literal de la nueva redacción del artículo, de modo que el contenido exacto de las bonificaciones debe consultarse en el expediente expuesto en la Secretaría municipal.

Un pleno con más acuerdos económicos

La sesión del 14 de octubre de 2026 no se limitó a la ordenanza fiscal. El mismo Pleno aprobó inicialmente el Presupuesto General, las Bases de Ejecución y la plantilla de personal para el ejercicio 2027, expediente que también se sometió a información pública por quince días.

A ello se suma la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 01/2026 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario, financiado con cargo al Remanente Líquido de Tesorería. Todos los anuncios están firmados por el alcalde, Miguel Contreras Martínez, y el de la ordenanza lleva fecha de 21 de octubre de 2026.

Impacto para los titulares de vehículos

La modificación afecta al recibo del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, un tributo que pagan todos los titulares de turismos, motocicletas y demás vehículos censados en el municipio. Cualquier cambio en el régimen de bonificaciones se traduce en la práctica en una variación de la cuota a ingresar por cada contribuyente que cumpla los supuestos previstos.

El periodo abierto ahora es la última oportunidad para que los vecinos y titulares afectados conozcan el nuevo texto y lo impugnen antes de que adquiera vigencia definitiva. Superado el plazo de 30 días hábiles sin reclamaciones, la ordenanza modificada quedará aprobada de forma automática y resultará plenamente aplicable.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 123, 26 de octubre de 2026, sección II. Administración Local, pág. 3762 (referencia oficial: BOPSO-123-26102026).