BOP de Badajoz · 16 Sep 2026 · 3 vistas
Villanueva flexibiliza el traspaso de puestos en el mercado de abastos
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Villanueva de la Serena ha aprobado definitivamente la modificación puntual número 2 del Reglamento del mercado de abastos, que suprime la obligación de esperar dos años para poder ejercer el derecho de traspaso de las concesiones de puestos. La medida, adoptada por el Pleno de la Corporación, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 177, de 16 de septiembre de 2026, mediante el Anuncio 3605/2026.
La modificación afecta al artículo 15.4 del Reglamento y entra en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Un cambio en el artículo 15.4
El texto anterior del Reglamento establecía que el derecho de traspaso no podía ejercitarse hasta transcurridos dos años desde la obtención de la concesión, incluso cuando esta se hubiera obtenido mediante transmisión mortis causa o inter vivos, salvo que existiera causa justificada como jubilación o declaración de invalidez del titular.
La nueva redacción elimina esa espera y dispone que:
- El derecho de traspaso podrá ejercitarse desde el momento de la obtención de la concesión.
- La transmisión deberá ser autorizada por el Ayuntamiento.
- Deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Reglamento.
Tramitación y antecedentes
El Reglamento del mercado de abastos fue aprobado definitivamente por el Pleno en sesión ordinaria del 23 de julio de 2025 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 145, de 31 de julio de 2025. Posteriormente fue modificado por acuerdo del mismo órgano de 30 de marzo de 2026, cuya aprobación definitiva se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia número 100, de 28 de mayo de 2026.
La aprobación inicial de esta modificación puntual se adoptó en sesión ordinaria del 22 de julio de 2026, y el acuerdo se sometió a exposición pública por término de treinta días, sin que se presentara ninguna reclamación ni sugerencia, según el anuncio publicado en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en el Boletín Oficial de la Provincia el 28 de julio siguiente.
Recursos y vigencia
La aprobación definitiva de la modificación reglamentaria pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 52.2.a) de la Ley 7/1985 y 114.1.c) y d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses desde la publicación del anuncio.
El anuncio aparece firmado por la alcaldesa, Ana Belén Fernández González, y se hace público para general conocimiento.
Impacto para los comerciantes
La supresión de la espera de dos años facilita la movilidad y la renovación de los puestos del mercado, al permitir que un concesionario pueda transmitir su puesto desde el mismo momento de la obtención de la concesión, siempre con el visto bueno municipal. La medida beneficia directamente a los comerciantes del mercado de abastos de Villanueva de la Serena, que ganan flexibilidad para traspasar sus negocios sin los plazos de espera que regían hasta ahora.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 177, 16 de septiembre de 2026, Administración Local (referencia oficial: Anuncio 3605/2026).