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BOP de Albacete · 09 Sep 2026 · 1 vistas

Villalgordo del Júcar somete a consulta la nueva ordenanza del cementerio

Por FactBox Admin

Villalgordo del Júcar somete a consulta la nueva ordenanza del cementerio

El Ayuntamiento de Villalgordo del Júcar ha aprobado inicialmente la modificación de la Ordenanza reguladora del cementerio municipal y la ha sometido a información pública y audiencia a los interesados por un plazo de treinta días. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 105, de 9 de septiembre de 2026, página 33, dentro de la Sección tercera de Administración Local.

El acuerdo fue adoptado por el Pleno municipal en sesión ordinaria celebrada en primera convocatoria el 11 de junio de 2026. Durante el periodo de exposición, los vecinos del municipio y los servicios funerarios podrán presentar reclamaciones y sugerencias sobre el nuevo texto antes de su aprobación definitiva.

Un trámite de treinta días

La modificación de la ordenanza queda expuesta a información pública durante treinta días naturales desde la publicación del anuncio en el boletín. En ese plazo, cualquier persona interesada puede presentar alegaciones ante el Ayuntamiento.

  • Plazo de alegaciones: treinta días desde la publicación.
  • Destinatarios: vecinos del municipio y empresas de servicios funerarios.
  • Órgano que decide: el Pleno del Ayuntamiento de Villalgordo del Júcar.
  • Objeto: la modificación de la Ordenanza reguladora del cementerio municipal.

La tramitación se ampara en la normativa de régimen local y de haciendas locales, que regula el procedimiento de aprobación de las ordenanzas municipales:

  • Artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Ambas normas establecen la obligación de someter a información pública y audiencia a los interesados los acuerdos de aprobación inicial de las ordenanzas, garantizando así la participación ciudadana en la elaboración de la normativa local.

Qué ocurre si no hay alegaciones

Si en el plazo señalado no se presentara ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo provisional se entenderá definitivamente adoptado, sin necesidad de un nuevo pronunciamiento del Pleno. De lo contrario, el Ayuntamiento deberá examinar y resolver las alegaciones presentadas antes de elevar el texto a aprobación definitiva.

La nueva ordenanza afectará directamente a la gestión del cementerio municipal, un servicio esencial para los vecinos de Villalgordo del Júcar y para las empresas que prestan servicios funerarios en la localidad. La participación ciudadana en este trámite es la vía para ajustar el contenido de la norma a las necesidades reales del municipio antes de su entrada en vigor, de modo que el resultado final refleje tanto la voluntad del Pleno como las aportaciones de los interesados.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, número 105, de 9 de septiembre de 2026, Sección tercera. Administración Local, pág. 33 (referencia oficial: anuncio del Ayuntamiento de Villalgordo del Júcar).