FactBox.

BOP de Alicante · 13 Aug 2026 · 10 vistas

Villajoyosa estrena convenio colectivo hasta 2029 con subidas salariales

Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (núm. 152, de 13 de agosto de 2026) publica la Resolución de la Dirección Territorial de Trabajo y Labora de Alicante por la que se dispone el registro oficial y la publicación del convenio colectivo de la empresa HERMANOS LÓPEZ LLORET, S.A. para su centro de trabajo de Villajoyosa. El texto, remitido al Registro de Convenios de Alicante el 28 de mayo de 2026 y suscrito por las representaciones legales de la empresa y de las personas trabajadoras, fija la jornada, las tablas salariales y los permisos de la plantilla.

La resolución está firmada el 5 de agosto de 2026 por la directora territorial, Cortes María Martínez de las Heras, en ejercicio de las competencias que le atribuyen los artículos 21 y 22.5 de la Orden 2/2026, de 12 de mayo, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, que desarrolla el Decreto 19/2026, de 13 de febrero, del Consell. El control formal del registro se ajusta a los límites fijados por el Tribunal Supremo en su Sentencia 461/2025, de 20 de mayo de 2025, y al artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, al Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, y a la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, de la Generalitat.

Vigencia y jornada

El convenio, negociado en la Comisión Negociadora constituida el 24 de febrero de 2026, rige desde el día de su publicación en el boletín, aunque sus condiciones económicas se aplican con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026 y su duración se extiende hasta el 31 de diciembre de 2029. Fija una jornada anual de 1.784 horas de trabajo efectivo, con un descanso para el bocadillo de 15 minutos no computable, y permite superar las 40 horas semanales en épocas de mayor producción, con compensación del exceso a lo largo del año.

Las vacaciones serán de 22 días laborables al año, con tres semanas como mínimo continuadas, y el calendario deberá fijarse con al menos dos meses de antelación. La denuncia del convenio a efectos de revisión o rescisión deberá formalizarse con una antelación mínima de un mes; si no se denuncia, se prorrogará un año más con un incremento salarial ligado al IPC.

Tablas salariales y retribuciones

El Anexo 1 recoge la tabla salarial de 2026: los grupos I a III se perciben mensualmente y los grupos IV y V a diario. Entre las cantidades más destacadas:

  • Director gerente: 1.723,60 €/mes; encargado general: 1.485,35 €/mes.
  • Jefe de administración de 1ª: 1.657,24 €/mes; oficial de 1ª (grupo II): 1.398,92 €/mes.
  • Director comercial: 1.473,15 €/mes; comercial: 1.155,84 €/mes.
  • Producción y envoltura-bañado: entre 37,57 y 41,11 €/día; conductor-repartidor: 41,11 €/día.
  • Hora extraordinaria en 2026: 11,23 € (festivas +20 % y nocturnas +25 %); plus de nocturnidad: 16,77 €/noche.

Para los años siguientes se pacta una revisión salarial ligada al IPC con mínimos del 2 % en 2027 y del 2,10 % en 2028 y 2029. Se abonarán tres pagas extraordinarias (marzo, julio y diciembre) a razón de treinta días de salario base, y las dietas por desplazamiento oscilan entre 2,98 € y 35,76 € según el caso.

Permisos y protección social

El convenio amplía los permisos retribuidos sobre el mínimo legal: 15 días por matrimonio, 3 días por fallecimiento de cónyuge o hijo (5 con desplazamiento superior a 150 km), 2 días por traslado de domicilio y una bolsa anual de 12 horas para acompañar a consultas médicas a hijos menores o mayores con dependencia acreditada. Incluye además una Comisión Paritaria de interpretación y vigilancia, un plan de pensiones con aportación mensual de 10 € por trabajador, complemento hasta el 100 % del salario en incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional y cláusulas de igualdad retributiva, tolerancia cero frente al acoso y protección del colectivo LGTBI.

Con efectos retroactivos desde enero de 2026, el nuevo marco laboral da estabilidad a la plantilla del centro de Villajoyosa durante cuatro años: garantiza subidas mínimas ligadas al IPC, refuerza la conciliación con permisos y bolsa de horas, y ordena el régimen disciplinario y la jubilación parcial con contrato de relevo. Al quedar depositado en el Registro de Convenios de Alicante, sus previsiones son exigibles tanto para la empresa como para las personas trabajadoras.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, núm. 152 de 13 de agosto de 2026, II. Administración Autonómica, págs. 1-22 (referencia oficial: 6256/2026).