BOP de Girona · 06 Nov 2026 · 14 vistas
Vilafant somete a información pública las ordenanzas fiscales de 2027
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Vilafant ha aprobado provisionalmente la modificación de dos ordenanzas fiscales que han de regir el ejercicio 2027 y los siguientes. El Pleno lo acordó en sesión extraordinaria del 2 de noviembre de 2026 y el edicto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona número 214, de 6 de noviembre de 2026, con la referencia oficial BOP-2026_0_214_9559. Los textos permanecerán en exposición pública durante 30 días hábiles antes de que los cambios sean definitivos.
El trámite se gestiona bajo el expediente X2026001863 y afecta a dos normas municipales de carácter económico: la que fija las tasas que pagan los ciudadanos y las empresas por las actividades y los servicios que presta el consistorio, y la que ordena la regulación general de los precios públicos. El acuerdo se enmarca en el artículo 49.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El edicto va firmado por la alcaldesa, Montserrat De La Llave Alegri, con fecha de 3 de noviembre de 2026.
Las dos ordenanzas afectadas
La modificación aprobada provisionalmente afecta a dos ordenanzas numeradas dentro del corpus normativo municipal:
- Núm. 8 Ordenanza reguladora de las tasas por la realización de actividades y prestación de servicios municipales.
- Núm. 18 Reglamentación general de precios públicos municipales.
Ambas son herramientas de gestión de los ingresos municipales: la primera determina los importes de las tasas por servicios y actividades, y la segunda establece el régimen de los precios públicos que cobra el Ayuntamiento. Los cambios aprobados no entran aún en vigor, sino que lo harán una vez superado el trámite de exposición pública y publicados íntegramente los textos modificados en el boletín provincial.
Treinta días hábiles para consultar y alegar
El expediente permanecerá expuesto al público durante un periodo de treinta días hábiles, que se cuentan desde el día siguiente a la publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona, es decir, a partir del 7 de noviembre de 2026. Durante este plazo, cualquier persona interesada puede consultar el expediente y presentar las reclamaciones o alegaciones que considere oportunas.
Para las alegaciones enviadas por correo postal, el edicto fija dos requisitos que han de cumplirse a la vez:
- Justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos.
- Anunciar al Ayuntamiento la remisión de la reclamación o alegación mediante correo electrónico a la dirección secretaria@vilafant.cat el mismo día.
Sin la concurrencia de estos dos requisitos, no se admitirán las reclamaciones o alegaciones que lleguen al Ayuntamiento después de la fecha de finalización del plazo señalado.
Aprobación definitiva automática si no hay alegaciones
Si una vez transcurrido el periodo de exposición pública no se ha presentado ninguna alegación ni reclamación, los acuerdos adoptados quedarán definitivamente aprobados sin que sea necesario que el Pleno vuelva a votarlos de manera expresa. En este supuesto, se procederá a la publicación íntegra de los textos modificados en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona a efectos de su entrada en vigor.
El Ayuntamiento de Vilafant, con sede en la plaza del Ayuntamiento, 1, de la localidad (Alt Empordà), es el órgano que tramita el expediente y quien recibirá las alegaciones de los interesados.
La decisión tiene efecto directo sobre el bolsillo de los vecinos de Vilafant: las tasas por actividades y servicios municipales y los precios públicos que se apliquen en 2027 dependerán del contenido de estas dos ordenanzas, que ahora quedan abiertas a enmiendas durante un mes de trámite hábil. Los ciudadanos y las entidades afectadas tienen hasta el final de este periodo para revisar los cambios y presentar objeciones antes de que el texto quede cerrado.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 214, 6 de novembre de 2026, Administració local - Ajuntaments, pàg. 1-1 (referència oficial: BOP-2026_0_214_9559).