BOP de Girona · 16 Sep 2026 · 5 vistas
Viladrau regula la lavandería municipal con multas de hasta 1.500 euros
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Viladrau ha aprobado definitivamente el Reglamento de uso y funcionamiento de la lavandería municipal, un servicio de autoservicio destinado al uso doméstico de los vecinos y vecinas del municipio. La norma, que recibió la aprobación inicial del Pleno en la sesión del 6 de julio de 2026 y quedó elevada a definitiva al no presentarse alegaciones en el trámite de información pública, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (núm. 178, de 16 de septiembre de 2026, edicto 7937, CVE BOP-2026_0_178_7937).
El reglamento se inserta íntegramente de conformidad con el artículo 66.1 del Decreto 179/1995, de 13 de junio, y entrará en vigor a los quince días hábiles a contar desde su publicación íntegra. El texto, firmado por la alcaldesa Margarida Feliu Portabella, regula el acceso, el uso correcto de las instalaciones y la convivencia de los usuarios de un servicio que el Ayuntamiento gestiona bajo la modalidad de gestión directa.
Condiciones de acceso y funcionamiento
La lavandería municipal es un servicio público de uso exclusivamente doméstico, y queda prohibido su uso para actividades industriales o comerciales a gran escala. El horario de apertura será el siguiente:
- Lunes a viernes, de 9 h a 20 h.
- Sábados y domingos, de 9 h a 19 h.
El funcionamiento de la maquinaria se activa exclusivamente mediante fichas oficiales suministradas por el Ayuntamiento, con un límite máximo de venta de 10 fichas por persona y día para evitar el acaparamiento y el uso no autorizado. Las fichas se pueden adquirir en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC), en la oficina de información Espai Montseny y en los comercios locales autorizados como “Punto de Venta Autorizado de Fichas de la Lavandería Municipal”.
Tarifas y normas de uso
Cada ciclo de lavado requiere la introducción de 2 fichas, mientras que cada ciclo completo de secado requiere 1. El precio del servicio de lavadora incluye, sin coste adicional, la dosificación automática y obligatoria de detergente y suavizante ecológicos suministrados por el Ayuntamiento, y queda prohibido introducir cualquier otro producto químico externo en las cubetas.
Los usuarios disponen de un plazo máximo de 20 minutos para retirar la ropa una vez finalizado el ciclo. La ropa que permanezca en la lavandería al finalizar la jornada será retirada por los servicios municipales y guardada durante un plazo máximo de 15 días naturales, considerándose objetos perdidos; transcurrido este plazo, el Ayuntamiento podrá disponer libremente de ella, entregándola a entidades benéficas o de servicios sociales del municipio o procediendo a su destrucción.
Régimen sancionador
El reglamento clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves, y atribuye a la Alcaldía-Presidencia la competencia para imponer las sanciones económicas:
- Infracciones leves: multas de 60 a 300 euros.
- Infracciones graves: multas de 300,01 a 900 euros, con suspensión del derecho de uso del servicio de 1 a 6 meses.
- Infracciones muy graves: multas de 900,01 a 1.500 euros, con suspensión del derecho de uso de 6 meses a 2 años o prohibición definitiva.
Se consideran infracciones muy graves el vandalismo, la manipulación de la máquina expendedora de fichas, el uso de fichas falsificadas o el fraude para activar el servicio sin pagar, así como destinar el servicio a finalidades comerciales o industriales masivas. La cuantía exacta de la multa se graduará según la intencionalidad, la reiteración, la naturaleza de los perjuicios y el beneficio económico obtenido. Independientemente de la sanción, el infractor deberá reparar los daños materiales causados, y en caso de menores de edad responderán solidariamente los padres, tutores o acogedores legales.
La nueva regulación dota de seguridad jurídica un servicio pensado para facilitar la conciliación y la sostenibilidad en el municipio, y establece un marco claro de derechos y deberes para los usuarios. Con un régimen sancionador que llega hasta los 1.500 euros y la posibilidad de prohibición definitiva de uso, el Ayuntamiento de Viladrau quiere garantizar el buen funcionamiento y la convivencia de un equipamiento de proximidad que los vecinos deberán utilizar con responsabilidad.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 178, 16 de setembre de 2026, secció Administració local - Ajuntaments, pàg. 1-6 (referència oficial: CVE BOP-2026_0_178_7937).