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BOP de Ourense · 09 Oct 2026 · 23 vistas

Viana do Bolo delimita las franjas secundarias de protección contra incendios forestales

Por FactBox Admin

Viana do Bolo delimita as faixas secundarias de protección contra incendios forestais

El Ayuntamiento de Viana do Bolo somete a información pública el documento técnico del Plan municipal de prevención y defensa contra incendios forestales (PMPDIF), que delimita las franjas secundarias de protección contra incendios en el término municipal y determina las obligaciones de gestión de la biomasa que corresponden a las personas responsables de las parcelas afectadas. La decisión se adoptó por Decreto de Alcaldía número 2026-0712, del 25 de septiembre de 2026, y el anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 9 de octubre de 2026. Los propietarios y demás interesados disponen de veinte días hábiles para examinar el expediente y formular alegaciones.

Un plan elaborado por Seaga e impulsado por la Alcaldía

El documento fue elaborado y entregado al Ayuntamiento por la empresa pública Servizos Agrarios Galegos, SA (Seaga), según recoge el propio anuncio oficial. La aprobación inicial y el sometimiento a exposición pública se acordaron en la Alcaldía de Viana do Bolo mediante el decreto citado, firmado el 25 de septiembre de 2026.

El Gobierno local justifica el trámite en la normativa de procedimiento administrativo común, concretamente en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que regula la información pública de los expedientes. El anuncio va firmado por la alcaldesa, Graciela Diéguez Rodríguez, y lleva el número de registro R. 2.309 del boletín provincial.

Veinte días hábiles para consultar y alegar

El plazo de exposición pública es de veinte (20) días hábiles y se cuenta a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, es decir, desde el 10 de octubre de 2026.

  • Consulta del documento: en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Viana do Bolo, en horario de atención al público.
  • Presentación de alegaciones: en el Registro General del Ayuntamiento y por los demás medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
  • Objeto preferente de las alegaciones: la delimitación de las franjas secundarias de protección y las parcelas afectadas.

Cualquier persona interesada puede examinar el expediente y formular las alegaciones, sugerencias o reclamaciones que considere oportunas durante ese período.

Qué implica para los propietarios de parcelas

El Plan identifica las parcelas incluidas en las franjas secundarias de protección y atribuye a las personas responsables de su gestión las obligaciones de gestión de la biomasa derivadas de la normativa de prevención de incendios forestales. Esto supone que los titulares de las parcelas afectadas deberán asumir las tareas de limpieza y mantenimiento que fije el documento técnico.

La delimitación de las franjas es precisamente uno de los puntos sobre los que el Ayuntamiento admite alegaciones, junto con la relación de parcelas afectadas, por lo que los propietarios que consideren que sus terrenos fueron incluidos indebidamente pueden reclamar dentro del plazo.

Tramitación posterior a la información pública

Finalizado el período de exposición, las alegaciones presentadas serán informadas por los servicios técnicos y jurídicos municipales y sometidas a la consideración del órgano competente. Solo después de esa fase el Plan podrá ser aprobado provisionalmente por el Pleno de la Corporación, antes de su aprobación definitiva.

La publicación del anuncio se hace, según el texto oficial, «para general conocimiento y para los efectos oportunos», con lo que se abre formalmente el trámite participativo previsto en la ley.

La relevancia de la noticia es directa para los vecinos de Viana do Bolo: el PMPDIF fija qué parcelas quedan dentro de las franjas de protección y qué obligaciones de limpieza asumen sus titulares, con un plazo de veinte días hábiles para corregir o impugnar la delimitación antes de que el Plan avance hacia su aprobación por el Pleno.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Ourense, 9 de octubre de 2026, sección IV. Entidades Locais (referencia oficial: R. 2.309).