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BOP de Ourense · 07 Oct 2026 · 27 vistas

Verín abre el plazo de cobranza voluntaria del padrón fiscal 2026

Por FactBox Admin

Verín abre o prazo de cobranza voluntaria do padrón fiscal 2026

El Ayuntamiento de Verín ha abierto el plazo de cobro en periodo voluntario del padrón fiscal correspondiente al ejercicio 2026, que reúne el impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, el impuesto de actividades económicas y varias tasas municipales. La Junta de Gobierno Local aprobó el padrón el 5 de octubre de 2026 y el anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 7 de octubre de 2026 (referencia R. 2.375). Los contribuyentes podrán pagar entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre de 2026.

El edicto, firmado por el alcalde Gerardo Seoane Fidalgo, tiene la consideración de notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobro. Su publicación se realiza en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, y 24 del Reglamento general de recaudación, aprobado por el Real decreto 939/2005, de 29 de julio. Una vez aprobado el padrón, el documento y las liquidaciones que lo integran se expondrán al público en la Tesorería del Ayuntamiento por un plazo de 20 días, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el boletín provincial.

Tributos y tasas incluidos en el padrón

El padrón fiscal de 2026 abarca los siguientes conceptos:

  • Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
  • Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
  • Impuesto sobre actividades económicas.
  • Tasas por escaparates, toldos, letreros, carga y descarga y entrada de vehículos.

Todos ellos comparten un único plazo de cobro en periodo voluntario, fijado del 15 de octubre al 15 de diciembre de 2026.

Oficina, horario y formas de pago

El cobro en periodo voluntario se realiza en la Oficina del Servicio Municipal de Recaudación, situada en la calle del Castro, núm. 4 – bajo, 32600 Verín, con horario de 9.00 a 14.00 horas. Los contribuyentes que reciban el aviso de pago podrán abonarlo presentando ese aviso en la oficina de recaudación o bien domiciliarlo en alguna de las entidades colaboradoras en la gestión recaudadora.

Recursos y periodo ejecutivo

Contra el acto de aprobación del padrón se puede interponer recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública. Como alternativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Ourense, conforme al artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se satisfaga la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo de acuerdo con los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria. Esto determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

El padrón afecta a todos los propietarios de inmuebles urbanos y rústicos, a los titulares de actividades económicas y a los responsables de las tasas municipales enumeradas, por lo que el plazo fijado marca el calendario de pago de los tributos locales del municipio para el resto del año. Quien tenga domiciliado el pago debe comprobar que los datos bancarios siguen vigentes antes del 15 de octubre para evitar recargos.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Ourense, del 7 de octubre de 2026, sección IV. Entidades Locais (referencia oficial: R. 2.375).