JORF · 02 Sep 2026 · 2 vistas
Velvet obtiene su licencia ferroviaria para el transporte de pasajeros
Por FactBox Admin

La empresa Velvet está autorizada a ejercer la actividad de empresa ferroviaria para el transporte de pasajeros. Esta decisión queda establecida mediante una orden del 31 de agosto de 2026 firmada por el ministerio de transportes, publicada en el Boletín Oficial de la República Francesa (JORF n°0204 del 2 de septiembre de 2026) bajo la referencia NOR TRAT2618041A.
La licencia se expide en aplicación de los títulos I y II del decreto del 7 de marzo de 2003 relativo a las licencias de empresa ferroviaria. Esta autoriza a Velvet a realizar servicios de transporte ferroviario de pasajeros, sin que ello abra por sí mismo el derecho de acceso a la infraestructura ferroviaria, el cual sigue regulado por la normativa aplicable en cada país de la Unión Europea.
Un marco regulatorio preciso
La concesión de esta licencia se enmarca en el dispositivo francés de apertura del mercado ferroviario a la competencia. El decreto del 7 de marzo de 2003 establece las condiciones de acceso a la profesión de empresa ferroviaria, especialmente en materia de capacidad financiera, cobertura de seguro y competencia profesional.
La validez de la licencia está condicionada al cumplimiento permanente de los requisitos definidos en los artículos 6 a 9 de dicho decreto. Asimismo, será objeto de un reexamen al finalizar el periodo previsto en el artículo 11 del mismo texto, calculado a partir de la fecha de publicación de la orden.
Obligaciones financieras previas
Antes de cualquier circulación ferroviaria realizada en virtud de la presente licencia, Velvet deberá cumplir con los requisitos de la orden del 20 de mayo de 2003 relativa a los importes mínimos de los techos de garantía. Estas disposiciones tienen como objetivo garantizar la cobertura de los riesgos vinculados a la explotación ferroviaria.
- Cumplimiento de los importes mínimos de los techos de garantía fijados por la orden del 20 de mayo de 2003;
- Mantenimiento de las condiciones de los artículos 6 a 9 del decreto del 7 de marzo de 2003;
- Reexamen de la licencia al finalizar el periodo del artículo 11 del decreto.
Un calendario de puesta en servicio
Los servicios de transporte ferroviario de pasajeros previstos en la orden deberán comenzar a más tardar el 1 de septiembre de 2028. Este plazo permite a Velvet preparar su entrada en el mercado, especialmente en lo referente al material rodante, el personal y los acuerdos de acceso a la infraestructura.
La licencia seguirá siendo válida mientras se cumplan las condiciones reglamentarias. Constituye una etapa previa indispensable antes de cualquier solicitud de franjas horarias (sillons) ante el gestor de la infraestructura.
Una nueva etapa para el mercado ferroviario
La llegada de Velvet al segmento del transporte ferroviario de pasajeros ilustra la continuación de la apertura del mercado francés a nuevos operadores. Para los viajeros, esta licencia podría traducirse, a largo plazo, en una oferta ampliada y una mayor competencia en algunas rutas, sujeto a la obtención de los derechos de acceso a la infraestructura y a la implementación efectiva de los servicios para 2028.
Fuente oficial: Orden del 31 de agosto de 2026 relativa a la concesión de una licencia de empresa ferroviaria (NOR TRAT2618041A), publicada en el Diario Oficial de la República Francesa n°0204 del 2 de septiembre de 2026.