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BOP de Tarragona · 22 Sep 2026 · 4 vistas

Vandellòs i l'Hospitalet aprueba las subvenciones para autoconsumo y eficiencia energética

Por FactBox Admin

Vandellòs i l'Hospitalet aprova les subvencions per autoconsum i eficiència energètica

El Ayuntamiento de Vandellòs i l’Hospitalet de l’Infant ha aprobado definitivamente las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a actuaciones de eficiencia energética, autoconsumo y mejora de instalaciones térmicas. La publicación íntegra de las bases aparece en el edicto del Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona del 22 de septiembre de 2026, con la referencia CVE 2026-08482 (págs. 1-12). La aprobación es firme porque el plazo de exposición pública de 20 días hábiles cerró sin ninguna reclamación ni alegación, de modo que las bases quedan aprobadas definitivamente sin necesidad de ulterior acuerdo del Pleno.

El expediente comienza con la aprobación inicial publicada en el BOPT del 4 de agosto de 2026 (CVE 2026-07440) y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 9726, de 10 de agosto de 2026. Las bases originales habían sido aprobadas por acuerdo plenario del 28 de enero de 2021 y publicadas definitivamente en el BOP de 16 de marzo de 2021 (CVE 2021-02051). El edicto fue firmado por la Secretaria General, M. Àngel Benedicto, con fecha de firma de 10 de septiembre de 2026.

Cuatro líneas de ayuda e importes máximos

Las bases articulan cuatro líneas de actuación, con una única solicitud por beneficiario y convocatoria:

  • Línea 1: mejora del aislamiento térmico con ventanas y cerramientos practicables; hasta el 25% del gasto y un máximo de 2.500 euros.
  • Línea 2: implantación, renovación o mejora de sistemas de agua caliente sanitaria y climatización de alta eficiencia; hasta el 25% y un máximo de 2.500 euros.
  • Línea 3: sustitución de electrodomésticos y equipamientos de alta eficiencia; 25% y 225 euros por etiqueta A, 15% y 150 euros por etiqueta B, y 10% y 75 euros por etiqueta C, con un tope de 300 euros por beneficiario.
  • Línea 4: instalaciones de autoconsumo fotovoltaico; hasta el 30% del gasto, con un máximo de 2.500 euros por autoconsumo individual y 4.500 euros por autoconsumo compartido.

En la línea 4 se aplica un 10% adicional del importe otorgado si se contrata el suministro eléctrico con una comercializadora de energía 100% renovable. La potencia subvencionable se limita al dimensionamiento óptimo —el 100% del consumo eléctrico anual acreditado— más un incremento máximo del 50%, es decir, hasta el 150% de aquel dimensionamiento.

Quién puede solicitar las ayudas

Podrán ser beneficiarios los ciudadanos empadronados en el municipio con una antigüedad mínima de un año desde la convocatoria, las comunidades de propietarios, las empresas y los autónomos con domicilio fiscal en el municipio, siempre que estén al corriente de las obligaciones tributarias, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento. Quedan excluidas las empresas cuya actividad principal sea la promoción y las actividades inmobiliarias.

Las ayudas tampoco son compatibles, por el mismo concepto, con la Ayuda a la Implantación de Proyectos Innovadores y Nuevas Actividades Estratégicas ni con la Ayuda a inversiones empresariales de alto impacto del mismo consistorio. Las solicitudes se presentan en el registro general o, para personas jurídicas, telemáticamente en la sede electrónica municipal, con los modelos normalizados disponibles en la OMAC.

Presupuesto, tramitación y recursos

La convocatoria anual se hará por resolución de la Junta de Gobierno en función de las disponibilidades presupuestarias, y la partida se reparte entre las líneas: un 30% para la línea 1, un 20% para la línea 2, un 10% para la línea 3 y un 40% para la línea 4. Si alguna línea no agota el crédito, el órgano concedente puede redistribuir los importes sobrantes.

La concesión será directa y por orden de entrada de las solicitudes en el registro, hasta agotar la partida. La evaluación corresponde a la Comisión de Valoración de las subvenciones del Área de Promoción Económica, que emite informe a la Junta de Gobierno, y los defectos se podrán subsanar en 10 días hábiles. Contra la aprobación definitiva se puede interponer recurso de reposición ante la Alcaldía en el término de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sección del Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Tarragona en el término de dos meses.

La medida se enmarca en el compromiso municipal con la transición energética y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y se suma a la creación de la Oficina de Energía y Sostenibilidad dentro del Área de Promoción Económica (IDETSA), que emite los informes de autoconsumo que determinan el importe de las ayudas. Para los hogares y las empresas del municipio, las bases abren la puerta a financiar obras de aislamiento, climatización, electrodomésticos eficientes y placas fotovoltaicas, con importes que pueden llegar a los 4.500 euros en instalaciones compartidas.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, núm. de 22 de setembre de 2026, secció I, pàg. 1-12 (referència oficial: CVE 2026-08482).