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BOP de Tarragona · 23 Oct 2026 · 7 vistas

Valls subvenciona hasta el 100% del alquiler juvenil con 11.000 euros

Por FactBox Admin

Valls subvenciona fins al 100% del lloguer juvenil amb 11.000 euros

El Ayuntamiento de Valls ha abierto la convocatoria pública 2026 de subvenciones para facilitar el acceso de las personas jóvenes a la vivienda de alquiler, que cubre un porcentaje de los gastos de los tres primeros meses de renta. El extracto se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona (BOPT) del 23 de octubre de 2026, con la referencia oficial CVE 2026-09745 y el número de identificación BDNS 936251. El plazo de presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación y termina el 31 de octubre de 2026, inclusive.

La convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva y se rige por las Bases Generales de Subvenciones del Ayuntamiento de Valls y de sus organismos autónomos, aprobadas inicialmente por el Pleno el 30 de junio de 2021 y publicadas en el BOPT el 12 de julio de 2021, con aprobación definitiva anunciada el 1 de septiembre de 2021. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con el código de convocatoria 936251 y la referencia 20260000020S.

La ayuda se imputa a la partida presupuestaria 21301-33700-48902, con una consignación máxima de 11.000 euros, y queda condicionada a la habilitación de crédito suficiente. Si las solicitudes valoradas superan la partida asignada, el importe concedido se reducirá de manera proporcional.

Requisitos para acceder a la ayuda

Pueden ser beneficiarias las personas físicas que cumplan las condiciones siguientes:

  • Tener entre 18 y 35 años.
  • Acreditar, en el caso de personas extranjeras, un mínimo de dos años de permiso de residencia inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • No disponer de ninguna vivienda en propiedad en pleno dominio ni de otro alquiler diferente del que se solicita la ayuda.
  • Haber alquilado la vivienda entre el 18 de octubre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, y ser titular del contrato.
  • Que la renta mensual no supere los 650 euros.
  • Destinar el inmueble a domicilio habitual y permanente, con obligación de empadronarse, y no tener parentesco con el propietario hasta el segundo grado.
  • No haber obtenido esta misma ayuda en convocatorias anteriores.

La persona solicitante debe justificar ingresos por salario, trabajo por cuenta propia o pensión. Los mínimos anuales exigidos son de 9.622,18 euros para una persona, 11.065,51 para dos, 12.725,34 para tres y 14.634,14 para cuatro, con incrementos del 0,15 por cada miembro adicional. El techo de ingresos de la unidad de convivencia se sitúa en tres veces el Indicador de la Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC): 28.866,54 euros para una persona, 36.083,18 para dos, 45.103,98 para tres y 56.379,98 para cuatro.

Del 50% al 100% de tres meses de renta

El porcentaje subvencionado depende de la puntuación obtenida según el baremo de valoración:

  • Más de 15 puntos: 100% de la ayuda.
  • Entre 10 y 15 puntos: 75%.
  • Menos de 10 puntos: 50%.

El baremo otorga 8 puntos si el inmueble está en el Centro Histórico de Valls; 5 puntos por haber perdido la vivienda por desahucio, por haber estado bajo tutela o por acceder a ella vía la bolsa de alquiler social de la Oficina Local de la Vivienda desde el 18 de octubre de 2025; 4 puntos por familias monoparentales y numerosas, diversidad funcional igual o superior al 65%, paro de seis meses, violencia de género o procedencia de países en conflicto; 3 puntos por personas con cargas y por más de cinco años de residencia en Valls; y 2 puntos por participación en proyectos sociales. El nivel de ingresos añade entre 3 y 10 puntos.

La ayuda se paga en un solo pago, una vez realizadas las comprobaciones y el reparto entre todas las solicitudes admitidas.

Solicitud telemática y resolución en dos meses

Las solicitudes se formalizan preferentemente por vía telemática en la sede electrónica municipal (seu.valls.cat) o presencialmente en la Oficina Local de la Vivienda de Valls, en la plaza Sant Jordi, 4, bajos. Es necesario adjuntar el formulario, el DNI, NIF o NIE de todos los miembros, el contrato de alquiler, los tres últimos recibos, la declaración de IRPF y las declaraciones juradas exigidas, además de los certificados acreditativos de cada colectivo.

La Junta de Gobierno Local es el órgano competente para resolver, a propuesta de una comisión de valoración formada por personal técnico de juventud, personal administrativo y un asesor jurídico. El plazo máximo para resolver es de dos meses desde el fin del periodo de solicitudes, y la falta de resolución dentro de este plazo conlleva la desestimación por silencio administrativo. La resolución se publica en la sede electrónica y sustituye a la notificación individual.

Con 11.000 euros de partida y un tope de 650 euros de renta mensual, la convocatoria llega a los jóvenes del municipio que ya han firmado un contrato de alquiler pero aún no han podido afrontar la entrada, y prioriza a quienes viven en el Centro Histórico o han perdido la vivienda.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, 23 d’octubre de 2026, secció I, pàg. 1-12 (referència oficial: CVE 2026-09745).