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BOP de Santa Cruz de Tenerife · 14 Aug 2026 · 10 vistas

Valle Gran Rey activa el control de todas las viviendas vacacionales

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Valle Gran Rey (La Gomera) ha aprobado el Plan de comprobación y control de todas las viviendas vacacionales existentes en su término municipal, el instrumento que exige la disposición adicional segunda de la Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas. La decisión se adoptó por decreto de la Alcaldía-Presidencia con fecha 10 de agosto de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 97, de 14 de agosto de 2026, página 23207 (anuncio 3500, registro 1704625, expediente 1527/2026).

El plan da cumplimiento al mandato que la disposición adicional segunda de la Ley 6/2025 dirige a los ayuntamientos canarios: aprobar y empezar a aplicar, en un máximo de ocho meses desde la entrada en vigor de la norma, el pasado 13 de diciembre de 2025, un plan de comprobación y control de todas las viviendas vacacionales en materia de actividades clasificadas, con una vigencia no superior a cuatro años. El punto de partida es la relación pormenorizada de viviendas inscritas antes de la entrada en vigor que la Consejería competente en materia de Turismo del Gobierno de Canarias ha remitido a cada municipio. El decreto, firmado por el alcalde-presidente Borja Barroso Jiménez y por la secretaria interventora accidental María Isabel Pérez Gutiérrez, se apoya además en la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos, y en sus normas de desarrollo, los Decretos 52/2012 y 86/2013.

Registro municipal y detección de ilegalidades

El plan, que abarca la totalidad del término municipal, se define como instrumento de planificación interna de carácter operativo en materia de comprobación, control e inspección, con una doble finalidad: verificar el cumplimiento de los requisitos formales y técnicos de cada actividad y servir de diagnóstico para los futuros instrumentos de ordenación urbanística. Su primera fase prevé la creación del Registro de viviendas vacacionales operativas en el municipio, que integrará:

  • Las viviendas incluidas en la relación remitida por el Gobierno de Canarias.
  • Las comunicadas al Ayuntamiento aunque no consten en el registro autonómico.

En paralelo se comprobará qué viviendas siguen en funcionamiento mediante inspección física y requerimientos a titulares y propietarios. Las que hayan cesado la actividad serán excluidas del registro, previa resolución y audiencia del titular, y las que estén inscritas, operen y no hayan presentado la comunicación previa exigida quedarán en situación de ilegalidad, con traslado de la información al Cabildo Insular de La Gomera. El plan fija en seis meses el plazo para depurar el registro y dejar únicamente las viviendas en situación de legalidad formal.

Examen de comunicaciones y comprobaciones sobre el terreno

La segunda fase somete a examen las comunicaciones previas presentadas, con verificación de la compatibilidad urbanística y de los requisitos técnicos de la Ley 6/2025. Los datos inexactos, falsos u omitidos de carácter esencial podrán acarrear la imposibilidad de continuar la actividad y la prohibición de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante tres meses; los defectos no esenciales se podrán subsanar en un plazo de diez días. La tercera fase añade comprobaciones presenciales iniciales, en las que el titular deberá acreditar, entre otros, el seguro de responsabilidad civil y las hojas de reclamaciones, y concluirá con un acta favorable o desfavorable, por defectos subsanables o graves.

Inspección selectiva y memoria final

El plan reserva el cuarto año de vigencia para la inspección de las viviendas con indicios de riesgo o irregularidad, detectados por los servicios municipales, comunicados por agentes de la autoridad o derivados de denuncias, en especial las que hayan obtenido actas desfavorables. Al término de los cuatro años, y dentro de los dos meses siguientes, se elaborará una Memoria de resultados con un resumen estadístico de las viviendas analizadas y su situación jurídica final, que se remitirá al Cabildo Insular de La Gomera y a la Consejería competente en materia de Turismo del Gobierno de Canarias, a las que también se enviará copia del plan aprobado.

La medida afecta de lleno a los propietarios de alquiler vacacional de La Gomera, que deberán tener en regla su comunicación previa, cumplir los requisitos técnicos y someterse a las visitas de comprobación e inspección; las irregularidades pueden acabar con el cese de la actividad y con la intervención del Cabildo. Contra el decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el de dos meses.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, nº 97, viernes 14 de agosto de 2026, anuncio del Ayuntamiento de Valle Gran Rey, pág. 23207 (anuncio 3500, registro 1704625, expediente 1527/2026).