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BOP de Ciudad Real · 13 Sep 2026 · 1 vistas

Valdemanco del Esteras aprueba su protocolo contra el acoso laboral

Por FactBox Admin

Valdemanco del Esteras aprueba su protocolo contra el acoso laboral

El Pleno del Ayuntamiento de Valdemanco del Esteras aprobó en sesión ordinaria de 2 de septiembre de 2026 el Protocolo de actuación frente al acoso sexual, el acoso por razón de sexo y el acoso por orientación sexual. El texto íntegro se hace público para general conocimiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, número 175, de 11 de septiembre de 2026, como anuncio número 2912.

La Corporación declara que el acoso sexual, el acoso por razón de sexo y el acoso por orientación sexual suponen un atentado contra la dignidad de las personas trabajadoras, por lo que rechaza y prohíbe cualquier práctica de este tipo en el ámbito laboral y se compromete a no tolerarla. El documento, firmado por la alcaldesa-presidenta Ana María Rubio Lastra, tiene una vigencia de cuatro años desde su aprobación.

Marco normativo

El protocolo se fundamenta en un amplio conjunto de disposiciones estatales y autonómicas, entre las que destacan la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

  • Real Decreto Legislativo 5/2015, texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • Real Decreto 901/2020, que regula los planes de igualdad y su registro.
  • Ley 12/2010 de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
  • Constitución Española de 1978 y Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal.

Canal de denuncia y garantías

El protocolo crea una Asesoría Confidencial, integrada por un mínimo de dos personas del personal municipal con formación adecuada, encargada de recibir las denuncias, informar a la persona denunciante, realizar el análisis inicial de los hechos y, en su caso, tramitar el procedimiento informal o remitir el caso al órgano competente. Cuando existan indicios de acoso, interviene el Comité de Asesoramiento, que desarrolla el procedimiento formal de resolución.

El procedimiento garantiza confidencialidad, respeto y protección de la dignidad, diligencia y celeridad, imparcialidad, prohibición de represalias y buena fe. Las denuncias deliberadamente falsas o fraudulentas podrán dar lugar a las responsabilidades que procedan conforme a la normativa aplicable.

Ámbito de aplicación y medidas preventivas

El protocolo se aplica a todo el personal del Ayuntamiento, y las empresas externas contratadas y colaboradoras serán informadas de su existencia. Cuando se produzca acoso entre personal municipal y personal de una empresa externa, se aplicarán los mecanismos de coordinación empresarial que correspondan.

  • Difusión del protocolo entre el personal municipal y a través de los medios disponibles.
  • Sesiones de información y campañas específicas de sensibilización.
  • Formación específica de las personas que participen en los procedimientos.
  • Incorporación de la prevención del acoso a las actuaciones de formación.

El texto incluye además un anexo con ejemplos de conductas que pueden constituir acoso sexual, por razón de sexo o por orientación sexual, y un modelo de denuncia con los datos de la persona denunciante, la presunta víctima y la persona denunciada.

Recursos y relevancia

Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el Pleno en el plazo de un mes desde la publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. La aprobación sitúa a Valdemanco del Esteras entre los municipios de la provincia que dotan a su plantilla de un instrumento claro y garantista frente a cualquier forma de acoso en el trabajo, reforzando la igualdad y la protección de la dignidad de los empleados públicos.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, número 175, de 11 de septiembre de 2026, sección Administración Local (Ayuntamientos), pág. 8329 (referencia oficial: anuncio número 2912).