BOP de Sevilla · 01 Oct 2026 · 24 vistas
Utrera delega en Consuelo Navarro las competencias del alcalde por enfermedad
Por FactBox Admin

El alcalde de Utrera, Francisco Paula Jiménez Morales, ha delegado sus competencias en la primera teniente de alcalde, Consuelo Navarro Navarro, desde el 29 de septiembre de 2026 y hasta su reincorporación, por una ausencia motivada por enfermedad. La decisión se formaliza en el Decreto de Alcaldía número 2026063335, de 29 de septiembre de 2026, que firma el secretario general, Juan Borrego López, y que se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 191, de jueves 1 de octubre de 2026, en la página 118, con referencia oficial BOP-SE-2026-191027.
Alcance de la delegación
El decreto se apoya en el Decreto de Alcaldía Presidencia número 202505363, de 1 de agosto de 2025, cuya parte dispositiva establece que corresponde a los tenientes de alcalde, por el orden de su nombramiento, sustituir al alcalde en la totalidad de sus funciones en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento. La misma resolución precisa que, en los supuestos de sustitución por ausencia o enfermedad, el teniente de alcalde que asuma las funciones no podrá revocar ni modificar las delegaciones otorgadas por el alcalde.
La delegación se articula en cinco apartados:
- Primero: delegar las competencias del alcalde presidente en la primera teniente de alcalde del Área de Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente, Salubridad Pública y Bienestar Animal, Consuelo Navarro Navarro, desde el 29 de septiembre de 2026 y hasta la incorporación del titular de la Alcaldía.
- Segundo: la delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
- Tercero: el órgano delegado deberá informar a la Alcaldía, a posteriori y siempre que sea requerido, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el periodo de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia.
- Cuarto: la delegación requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, que se entenderá otorgada tácitamente si no se formula manifestación expresa de no aceptación en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente a su notificación.
- Quinto: dar traslado de la resolución a los interesados y a todas las áreas, departamentos y unidades administrativas, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Base legal y control de la gestión
El decreto invoca el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y se desarrolla de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en concordancia con los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El apartado tercero remite expresamente al artículo 115 del citado reglamento, que obliga al órgano delegado a rendir cuentas de su gestión y a comunicar previamente las decisiones de especial relevancia. De este modo, la Alcaldía conserva la capacidad de seguimiento sobre las actuaciones adoptadas durante el periodo de ausencia, aunque la firma y la resolución de los expedientes pasen a manos de la primera teniente de alcalde.
Antecedentes: una fórmula ya utilizada en agosto
No es la primera vez que Consuelo Navarro Navarro asume las competencias de la Alcaldía en 2026. El Decreto de Alcaldía Presidencia número 202604767, de 29 de julio de 2026, ya le delegó las competencias con carácter accidental entre el 3 y el 30 de agosto de ese año. Aquella delegación quedó sin efecto mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 170, de miércoles 2 de septiembre de 2026, al reincorporarse Francisco Paula Jiménez Morales como titular de la Alcaldía-Presidencia.
La diferencia entre ambos supuestos es relevante: la delegación de agosto tenía carácter accidental y un plazo cerrado, mientras que la ahora publicada se extiende hasta la incorporación efectiva del alcalde, sin fecha predeterminada, y abarca la totalidad de las facultades de dirección, gestión y resolución.
Impacto en la gobernanza municipal
La medida sitúa a la primera teniente de alcalde al frente de la dirección ordinaria del Ayuntamiento de Utrera durante un periodo de duración indeterminada, con capacidad para dictar actos administrativos que afecten a terceros. Para los vecinos y para las empresas que tramitan expedientes con el Consistorio, la referencia válida a partir del 29 de septiembre de 2026 es la primera teniente de alcalde del Área de Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente, Salubridad Pública y Bienestar Animal, sin que ello altere las delegaciones ya otorgadas por el alcalde, que no pueden ser revocadas ni modificadas mientras dure la sustitución.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 191, jueves 1 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 118 (referencia oficial: BOP-SE-2026-191027).