BOP de Santa Cruz de Tenerife · 26 Aug 2026 · 5 vistas
Urbanismo sustituye la ejecución privada por forzosa en Barranco Grande
Por FactBox Admin

El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife ha declarado acreditado el incumplimiento de los deberes urbanísticos inherentes al sistema de ejecución privada en la Unidad de Actuación UA-SO.15, Barranco Grande, ámbito Suroeste (Ficha SO-4), y ha acordado sustituir ese sistema por el de ejecución forzosa. La decisión, adoptada en sesión celebrada el 10 de julio de 2026 en el expediente nº 1984/2022, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 102, de 26 de agosto de 2026, mediante el anuncio 1749966.
El acuerdo se adopta al amparo del artículo 115.4 del Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento de Canarias, que habilita la publicación del acuerdo cuando se constata el incumplimiento de los deberes urbanísticos. La actuación pendiente se concreta en la formulación, tramitación y aprobación del proyecto de reparcelación de la unidad, así como en la materialización de las cesiones obligatorias derivadas del planeamiento y del Convenio Urbanístico suscrito el 30 de julio de 2004.
Incumplimiento de los propietarios
El órgano rector considera que los propietarios incluidos en el ámbito de la unidad han incumplido sus obligaciones al no formular, presentar ni tramitar el correspondiente proyecto de reparcelación conforme al planeamiento urbanístico vigente y al convenio suscrito. Ese incumplimiento ha impedido la culminación de la gestión urbanística de la actuación, la regularización jurídica de las fincas afectadas y la materialización de las cesiones obligatorias a favor del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
Las cesiones pendientes comprenden:
- los terrenos destinados a viales, espacios libres y equipamientos públicos;
- 3.409,04 m² de edificabilidad correspondientes al 10% del aprovechamiento urbanístico;
- 1.265,44 m² de edificabilidad correspondientes a la compensación derivada del exceso de costes de urbanización asumidos por la Administración.
Ejecución forzosa y costes
En segundo lugar, el acuerdo sustituye el sistema de ejecución privada por el sistema público de ejecución forzosa, de modo que la Administración municipal procederá subsidiariamente a la culminación de la gestión urbanística pendiente por cuenta y cargo de las personas propietarias afectadas. La cuantificación económica estimada de las obligaciones de gestión ordinaria derivadas de la elaboración y tramitación del proyecto de reparcelación se cifra provisionalmente en VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS VEINTE EUROS (26.220,00 €).
El acuerdo ordena además notificar la resolución a las personas propietarias afectadas y demás interesados, y comunicarla al Registro de la Propiedad a los efectos previstos en el artículo 113.3 del Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento de Canarias.
Recursos y vía administrativa
El acuerdo pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo cabe interponer:
- Recurso Potestativo de Reposición ante el Pleno de la Corporación municipal en el plazo de un mes desde la notificación;
- o directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación.
Contra el acuerdo expreso del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia competente de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses desde la notificación expresa.
La sustitución de la ejecución privada por la forzosa supone un paso decisivo para desbloquear la gestión urbanística de Barranco Grande, un ámbito residencial del suroeste de la capital tinerfeña que arrastra una reparcelación pendiente desde hace más de dos décadas. La decisión traslada a los propietarios el coste de las obras y obligaciones pendientes, y afecta directamente a la regularización de las fincas y a los vecinos del entorno, que verán culminadas las cesiones de viales, espacios libres y equipamientos comprometidos.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, número 102, 26 de agosto de 2026, pág. 24170 (referencia oficial: anuncio 1749966).