BOP de Sevilla · 04 Nov 2026 · 7 vistas
Un taxista de Sevilla pleitea poder transmitir su licencia a una sociedad
Por FactBox Admin

El Instituto del Taxi del Ayuntamiento de Sevilla ha remitido al Tribunal de Instancia de Sevilla el expediente administrativo del recurso que un taxista de la ciudad mantiene para poder transmitir su licencia a una sociedad de responsabilidad limitada. La remisión se acordó por Resolución del Presidente del Instituto del Taxi nº 327, de 29 de octubre de 2026, y se hace pública mediante edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) nº 213, de miércoles 4 de noviembre de 2026, con la referencia oficial CVE: BOP-SE-2026-213022.
El recurso, registrado como Procedimiento Ordinario 318/2026, lo ha interpuesto Manuel Domínguez Romero contra la desestimación presunta por silencio administrativo de las solicitudes que dirigió al Instituto del Taxi. En esas solicitudes interesaba el reconocimiento del derecho a transmitir su licencia de taxi a una sociedad de responsabilidad limitada. El conocimiento del asunto corresponde a la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Sevilla, Plaza nº 1.
El organismo que tramita el expediente depende del Área de Seguridad Ciudadana, Movilidad y Recursos Humanos del Consistorio, a través de la Delegación de Movilidad y de la Dirección General de Movilidad. El edicto aparece firmado por la Jefa de Servicio del Instituto del Taxi, Rocío Domínguez López, con sello de firma electrónica de 29 de octubre de 2026 y una extensión de una página dentro del boletín provincial.
El emplazamiento a los interesados
La publicación del edicto no resuelve el fondo del asunto, sino que cumple un trámite procesal obligado: dar a conocer la existencia del procedimiento a quienes puedan tener interés en él. El Instituto del Taxi actúa «de conformidad con lo ordenado por el órgano judicial y por el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa».
El texto fija las condiciones de esa comparecencia:
- Plazo: nueve días para personarse en el procedimiento.
- Órgano ante el que se comparece: la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Sevilla, Plaza nº 1.
- Consecuencia de no personarse: el procedimiento continuará sin que haya lugar a practicar notificación de clase alguna a los interesados.
- Acto administrativo que activa la publicación: Resolución del Presidente del Instituto del Taxi nº 327, de 29 de octubre de 2026.
Qué se discute: la titularidad de la licencia
El objeto del litigio es una cuestión de alcance práctico para el sector: si un titular de licencia de taxi puede o no transferirla a una persona jurídica, en este caso a una sociedad de responsabilidad limitada. La Administración municipal no respondió de forma expresa a las solicitudes del recurrente en el plazo legal, de modo que se produjo una desestimación presunta por silencio administrativo, y es esa inactividad la que ha llevado el asunto ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
La controversia se plantea, por tanto, en dos planos encadenados: primero, si el silencio debe entenderse como una negativa a la transmisión solicitada; después, si el ordenamiento aplicable al servicio de taxi permite que la licencia salga de la esfera de una persona física para quedar en manos de una sociedad mercantil.
Por qué importa al sector
La resolución judicial que en su día se dicte afectará a la forma en que se organizan las explotaciones del taxi en la ciudad y al valor patrimonial que los titulares atribuyen a sus licencias. Si se reconoce la transmisión a sociedades limitadas, se abre la puerta a fórmulas de explotación societaria y a operaciones de compraventa hasta ahora bloqueadas; si se confirma la negativa, se consolida la vinculación personal entre titular y licencia.
Mientras el procedimiento avanza, la pelota está en el tejado del Tribunal de Instancia de Sevilla, que ya dispone del expediente administrativo completo remitido por el Instituto del Taxi. La publicación en el BOP de Sevilla del 4 de noviembre de 2026 marca el punto de partida del plazo de nueve días para que cualquier interesado en el sector pueda personarse y defender su posición en un pleito que puede redefinir las reglas del juego del taxi sevillano.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 213, de 4 de noviembre de 2026, Administración Local, pág. 70 (referencia oficial: CVE: BOP-SE-2026-213022).