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Moniteur Belge · 06 Nov 2026 · 10 vistas

Una subvención federal de 1,47 millones para la casa de transición de Enghien

Por FactBox Admin

Un subside fédéral de 1,47 million pour la maison de transition d'Enghien

El Estado federal abonará 1 470 336,22 euros a Serco Belgium sa por la explotación de la casa de transición de Enghien durante el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2026 y el 31 de julio de 2027. El real decreto del 27 de agosto de 2026, firmado por el Rey Philippe y refrendado por la ministra de Justicia A. Verlinden, se publica en el Moniteur belge n° 254 del 6 de noviembre de 2026, en la página 59583, bajo la referencia C − 2026/008168.

El dispositivo se basa en la ley del 17 de mayo de 2006 relativa al estatuto jurídico externo de las personas condenadas a una pena privativa de libertad (artículos 9/2, § 3, y 70), en la ley del 22 de mayo de 2003 sobre la organización del presupuesto y la contabilidad del Estado federal (artículos 121 a 124) y en la ley del 23 de marzo de 2026 que contiene el presupuesto general de gastos para el año presupuestario 2026. El decreto se enmarca en la decisión del Consejo de Ministros del 11 de junio de 2021 de ampliar a 100 el número de plazas en casas de transición, y posteriormente en las del 1 de marzo de 2024 y del 18 de julio de 2025 que fijan la intervención financiera para el establecimiento de Enghien.

El texto se apoya asimismo en dos reales decretos recientes: el del 22 de julio de 2026 que fija las normas de acreditación y las condiciones de explotación de una casa de transición, y el del 17 de julio de 2024 relativo a la acreditación de una casa de transición en Enghien. La Inspección de Finanzas emitió su dictamen el 29 de junio de 2026 y el ministro de Presupuesto dio su conformidad el 8 de julio de 2026.

Tres ejercicios, un techo anual

El periodo de explotación de la casa de transición de Enghien comenzó el 1 de agosto de 2024 y finaliza, a más tardar, tres años después, es decir, el 31 de julio de 2027. La subvención anual máxima se fija ejercicio por ejercicio:

  • primer año de explotación: 1 507 410,80 euros;
  • segundo año de explotación: 1 434 474,36 euros;
  • tercer año de explotación: 1 470 336,22 euros.

El decreto regula específicamente el tercer año, del 1 de agosto de 2026 al 31 de julio de 2027 inclusive. Este importe no puede ser superado: todos los gastos e indexaciones están incluidos, y no se puede constituir ninguna reserva, perdiéndose definitivamente el saldo no utilizado.

Anticipo del 70 % y saldo bajo control

La liquidación sigue un sistema de anticipo recuperable y saldo. El anticipo se fija en el 70 % de la asignación anual, es decir, 1 029 235,35 euros, abonados al entrar en vigor el decreto. El saldo, limitado al 30 %, solo se libera tras un control exhaustivo y la aprobación del expediente financiero presentado por el operador, en los dos meses siguientes a la recepción de todos los justificantes.

El cálculo del saldo puede ajustarse proporcionalmente si el llenado hasta la ocupación máxima toma más tiempo de lo acordado, si la ocupación promedio del ejercicio anterior es inferior al 90 %, o si la estancia de un residente supera los seis meses debido a fallos de la explotación. Asimismo, el pago puede ser interrumpido, adaptado, recuperado o suspendido en caso de falta grave o negligencia del operador, uso indebido de la subvención o incumplimiento de una parte de la misión.

Qué cubre la subvención

El anexo de la orden enumera los gastos subvencionables: gastos de personal, gastos de funcionamiento, gastos de desplazamiento, costes de alimentación, gastos de mantenimiento de los detenidos, daños relacionados con el vandalismo cometido por residentes, gastos médicos e inversiones únicas. Ciertos gastos están explícitamente excluidos, entre ellos las bebidas alcohólicas, los gastos de alimentación del personal, los gastos de aparcamiento del personal, las multas y tasas de circulación, la amortización de las inversiones así como la adquisición de edificios.

Cualquier otra subvención o ingreso eventual debe declararse de manera transparente para evitar una doble financiación, y los ingresos generados por la explotación —ventas a visitantes o trabajo de los condenados— deben revertirse en beneficio de los residentes. El operador entrega dos veces al año una justificación de los gastos y conserva los originales durante siete años.

La orden entra en vigor el 1 de agosto de 2026 y expira el 1 de agosto de 2027. Su publicación tardía, más de dos meses después de la firma, formaliza una intervención ya iniciada: para los lectores, el documento fija por escrito el coste federal del alojamiento de condenados en Enghien y las contrapartidas exigidas a un operador privado, Serco Belgium sa, que deberá demostrar una tasa de ocupación de al menos el 90 % para conservar la totalidad de su financiación.