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BOP de Sevilla · 01 Sep 2026 · 1 vistas

Umbrete delega en concejales la autorización de tres matrimonios civiles

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Umbrete (Sevilla) ha delegado en varios concejales la autorización de tres matrimonios civiles que se celebrarán entre julio y septiembre de 2026. La decisión se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 169, de 1 de septiembre de 2026, mediante dos anuncios de la Alcaldía que recogen las resoluciones de delegación.

La delegación se ampara en la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, y en la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de Registros y Notariado, que regulan la autorización del matrimonio civil por los concejales. Los anuncios, firmados por la Alcaldía, detallan para cada enlace el expediente, la resolución de Alcaldía, los contrayentes, el concejal o concejala designado y la fecha de celebración.

Delegaciones y enlaces programados

El primer anuncio, firmado por el alcalde sustituto legal José García Guerrero, recoge dos delegaciones:

  • Expediente 2026/PES_02/000911, resolución 1474/2026, de 26 de agosto: David Muñoz Rodríguez y Rocío Isabel María Delgado Barragán Ostos, concejal Correa, enlace el 4 de septiembre de 2026.
  • Expediente 2026/PES_02/001496, resolución 1344/2026, de 31 de julio: José Torre Álvaro y Natalia González Murillo, concejal José García Guerrero, enlace el 31 de julio de 2026.

El segundo anuncio, firmado por el alcalde José Llorente Prieto, incorpora una delegación más:

  • Expediente 2026/PES_02/001142, resolución 1322/2026, de 28 de julio: José Manuel Rodríguez García y Claudia Rocío Llorente Martín, concejal Martín Rodríguez, enlace el 7 de agosto de 2026.

Las delegaciones conferidas por las resoluciones de Alcaldía requieren, para su eficacia, la aceptación del órgano delegado, que se entiende otorgada tácitamente si no se formula ante la Alcaldía expresa manifestación de rechazo. Así lo establece el artículo 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Recursos y plazos

Contra estos actos, que tienen carácter definitivo y ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que los dictó. Transcurrido un mes sin resolución expresa, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, con un plazo de dos meses para recurrir ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla.

La delegación de la autorización de matrimonios civiles en concejales agiliza el funcionamiento del registro civil municipal y acerca la celebración de los enlaces a la propia localidad, evitando desplazamientos. Con tres ceremonias ya programadas entre julio y septiembre, el Ayuntamiento de Umbrete consolida un procedimiento que descarga a la Alcaldía y da protagonismo a los ediles en un trámite de gran valor simbólico para los vecinos.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 169, martes 1 de septiembre de 2026, sección Administración Local, págs. 31-32 (referencias oficiales: BOP-SE-2026-169022 y BOP-SE-2026-169023).