La Gaceta — Diario Oficial · 06 Oct 2026 · 17 vistas
Tributación abre consulta pública sobre debida diligencia del estándar CRS
Por FactBox Admin

La Dirección General de Tributación abrió un plazo de diez días hábiles de consulta pública sobre el proyecto de “Resolución sobre la Debida Diligencia para el Suministro de la Información correspondiente al Estándar para el Intercambio Automático de Información sobre Cuentas Financieras: COMMON Reporting Standard (CRS)”. El aviso se publica en La Gaceta N° 188 del martes 6 de octubre de 2026, en la sección Documentos Varios, con la referencia oficial IN202601130180, y fue firmado por el director general de Tributación, Miguel Ángel Solís Sánchez, el 29 de setiembre de 2026.
El aviso se emite con base en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, norma que obliga a someter a consulta pública los proyectos de disposiciones generales antes de su emisión. La convocatoria se dirige a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, que podrán exponer su parecer sobre el texto propuesto.
El proyecto se refiere a la debida diligencia aplicable al suministro de la información correspondiente al estándar internacional sobre cuentas financieras, conocido por sus siglas en inglés como CRS (Common Reporting Standard). Se trata del instrumento que ordena la identificación de cuentas y el reporte de información financiera con fines de intercambio automático entre administraciones tributarias.
Plazo, canal y documento en consulta
- Plazo: diez días hábiles contados a partir de la primera publicación del aviso en La Gaceta.
- Forma de presentación: las observaciones deben expresarse por escrito.
- Canal habilitado: la dirección electrónica dntt@hacienda.go.cr.
- Consulta del texto: el proyecto está disponible en el sitio web https://www.hacienda.go.cr/ProyectosConsultaPublica.html, en la sección “Proyectos en Consulta Pública” de la Dirección General de Tributación.
- Fecha y firma del aviso: San José, a las ocho horas del 29 de setiembre de 2026, suscrito por Miguel Ángel Solís Sánchez, Director General de Tributación y Autoridad Tributaria Competente.
- Referencia oficial: IN202601130180.
Qué se somete a discusión
El objeto de la consulta es el proyecto de resolución que desarrolla la debida diligencia para el suministro de la información comprendida en el estándar CRS. El aviso no detalla el contenido articulado del proyecto, que debe consultarse en el enlace habilitado por el Ministerio de Hacienda durante el plazo de diez días hábiles.
La Dirección General de Tributación es la dependencia del Ministerio de Hacienda encargada de la administración y recaudación de los tributos, y actúa en este trámite como autoridad tributaria competente.
Antecedentes del estándar en el país
El vínculo de Costa Rica con el intercambio automático de información financiera aparece documentado en el proyecto de presupuesto ordinario y extraordinario de la República para el ejercicio económico 2027, publicado en el Alcance N° 117 a La Gaceta N° 168 del 7 de setiembre de 2026. Ese documento registra el pago de la cuota de pertenencia a la Convención de Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Fiscales y al Acuerdo Multilateral de Autoridad Competente para el Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras e Intercambio del Reporte País por País (CRS y CBC MCAA), según la Declaración de Intercambio Automático de Información Financiera del 03/06/2015 y la Declaración sobre Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes para el Intercambio del Informe País del 27/01/2016.
El mecanismo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios ya fue utilizado en semanas recientes: en La Gaceta N° 175 del 17 de setiembre de 2026 se publicó un aviso equivalente para el proyecto de reforma a la Resolución N° MH-DGT-RES-0048-2025, sobre el formulario de declaración informativa de retenciones por operaciones con tarjetas de crédito y débito.
El plazo es breve y corre desde la primera publicación del aviso, por lo que los sectores interesados —en particular las entidades del sistema financiero y sus representantes— tienen una ventana reducida para incidir en el texto final de una norma que ordenará la captura y el reporte de información de cuentas financieras bajo el estándar CRS.
Fuente: La Gaceta, N° 188 del 6 de octubre de 2026, Documentos Varios, pág. 5 (referencia oficial: IN202601130180).