La Gaceta — Diario Oficial · 22 Oct 2026 · 2 vistas
Tribunal de Honor del CFIA juzga a constructora Ferro por vivienda inconclusa
Por FactBox Admin

El Tribunal de Honor de Empresas del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA) instauró un proceso administrativo ordinario disciplinario contra Ferro y Asociados Diseño y Construcción S. A. y su profesional responsable, la Arq. Adriana Ferro Gámez, por una vivienda de 56 m² entregada inconclusa en San Carlos de Alajuela. La audiencia oral y privada quedó fijada para el jueves 5 de noviembre de 2026, según el edicto publicado en La Gaceta Nº 200 del jueves 22 de octubre de 2026 (referencia CIT-077-2026/0531-2025).
El procedimiento deriva del Acuerdo N° 25 de la sesión N° 24-25/26-G.E. del 2 de junio de 2026 de la Junta Directiva General del CFIA, que acogió en su totalidad el informe N° 0408-2026-CAV del 26 de mayo de 2026, elaborado por el Centro de Análisis y Verificación. La investigación preliminar se tramita bajo el expediente N° 0531-2025, abierto por solicitud de la propietaria Gilda Chinchilla Rojas y de su representante legal, el Lic. Luis Dobles Ramírez, cuya denuncia fue presentada ante el Colegio el 12 de diciembre de 2024.
La instauración del tribunal se ampara en el artículo 59 de la Ley Orgánica del CFIA, Ley N° 3663 del 10 de enero de 1966, que faculta al Colegio a determinar la verdad real de los hechos. En el mismo expediente figura como investigada la empresa Industrias de Estructuras Prefabricadas IDEPSA S. A. (CC-09975).
Los tres cargos imputados
El auto de intimación atribuye a la empresa, a través de su profesional responsable, tres incumplimientos en la ejecución del contrato de consultoría OC-1068511:
- Dejar de advertir a su clienta sobre las dificultades que enfrentaba la entrega completa de los materiales prefabricados, pese a que la profesional responsable era simultáneamente representante legal de la empresa proveedora, IDEPSA S. A.
- Dejar de ejercer el control de la programación y del avance del proyecto, así como de elaborar informes periódicos sobre su progreso, mientras la obra permaneció detenida e inconclusa entre el 8 de junio de 2023 y el 20 de mayo de 2024.
- Dejar de vigilar que se consignaran en la bitácora digital D1068511 las observaciones, órdenes e incidencias de la obra, con la periodicidad máxima de siete días naturales que corresponde al servicio de dirección de obra.
Las normas que podrían haberse infringido son la Ley Orgánica del CFIA (artículo 8, inciso a, y 53), el Reglamento Interior General (artículo 53), el Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura (artículo 3, inciso b, subincisos a, h y j), el Reglamento de Empresas (artículos 15 y 16, inciso e), el Reglamento Especial de la Bitácora Digital para el Control de Proyectos (artículos 2, 3, 9 y 11) y el Código de Ética Profesional (artículos 2, 3, 19, 26, 31 y 45).
La obra y el contrato
El contrato OC-1068511 fue inscrito ante el CFIA el 7 de diciembre de 2022 para construir una vivienda de 56 m² en el distrito de Quesada, cantón de San Carlos, provincia de Alajuela, sobre el lote con plano de catastro A-431984-1997. La empresa quedó registrada como responsable de los servicios de estudios preliminares, anteproyecto, planos y especificaciones técnicas y dirección de obra, este último servicio entre el 7 de diciembre de 2022 y el 20 de mayo de 2024.
Según el expediente, la obra contaba con permiso municipal de construcción desde el 5 de enero de 2023 y los materiales habían sido cancelados de forma anticipada por la propietaria; a la fecha de la denuncia, el despacho de la totalidad de esos materiales seguía sin completarse. La propia profesional dejó constancia en la anotación de renuncia del 20 de mayo de 2024 de que el servicio no pudo brindarse a cabalidad.
Tribunal, plazos y audiencia
El Tribunal de Honor a cargo de la instrucción está integrado por el Ing. Daniel Guzmán Ovares, el Arq. Ricardo Fliman Wurgaft y el Ing. Mario Chavarría Gutiérrez, del Tribunal de Honor Permanente de Empresas, y podrá contar con asesoría legal en cualquier fase del procedimiento.
- Auto de intimación: INT-102-2026/0531-2025, emitido a las 14:50 horas del 13 de agosto de 2026.
- Plazo de descargo: 21 días hábiles improrrogables, contados desde el día hábil siguiente a la notificación.
- Audiencia oral y privada: jueves 5 de noviembre de 2026, en la oficina de Tribunales de Honor, casa anexa cuatro del Edificio del CFIA, en Curridabat.
- Recursos: revocatoria con apelación en subsidio, en un plazo de siete días hábiles.
A la comparecencia solo podrán asistir las partes, sus representantes legales, abogados y testigos, y la prueba que se presente ese mismo día se admitirá bajo sanción de caducidad. El edicto se publica como primera vez contra Ferro y Asociados Diseño y Construcción S. A. (CC-08251, cédula jurídica 3-101-300489) tras resultar materialmente imposible la notificación directa, según el oficio TH-526-2026 del Departamento de Tribunales de Honor.
El caso ilustra el alcance del control ético-profesional en el sector construcción: una vivienda de 56 m² que permaneció cerca de once meses detenida termina dirimiéndose ante el Tribunal de Honor del CFIA, con posibles efectos patrimoniales para la empresa y para la profesional responsable, y con una audiencia que marcará el inicio de la fase probatoria del expediente N° 0531-2025.
Fuente: La Gaceta, Nº 200 del jueves 22 de octubre de 2026, sección Avisos, pág. 84 (referencia oficial: CIT-077-2026/0531-2025).