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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 29 Oct 2026 · 4 vistas

Tres millones para reactivar las empresas de la Sierra Oeste tras los incendios

Por FactBox Admin

Tres millones para reactivar las empresas de la Sierra Oeste tras los incendios

La Comunidad de Madrid ha declarado un crédito disponible de 3.000.000 de euros en el ejercicio 2026 para financiar ayudas a la inversión con las que paliar los efectos de los incendios del pasado julio en la Sierra Oeste y reactivar económicamente la zona afectada. La decisión se formaliza en la Orden de 22 de octubre de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, cuyo extracto publica el BOCM número 260, de 29 de octubre de 2026, en su página 112 y con el código BDNS 938238.

El extracto se publica al amparo de los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y desarrolla el Acuerdo de 21 de octubre de 2026 del Consejo de Gobierno, que aprobó las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de estas ayudas (BOCM número 253, de 23 de octubre de 2026). La norma justifica la vía de concesión directa —frente a la concurrencia competitiva— por la urgencia de la respuesta pública y la naturaleza excepcional del hecho causante.

El dinero procede del subconcepto 79000 «Modernización, Dinamización y Difusión Tecnológica», del Programa 463A «Competitividad», de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid aprobados por la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, y su gestión corresponde a la Dirección General de Economía e Industria.

Hasta 100.000 euros por empresa

La subvención cubre el 100% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 100.000 euros por beneficiario, y cada solicitante solo puede obtener una ayuda al amparo de esta línea. Las ayudas se someten al régimen de minimis del Reglamento (UE) 2023/2831, con un techo de 300.000 euros por beneficiario en cualquier período de tres años.

Podrán solicitarlas:

  • Personas físicas, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes desarrollen su actividad en alguno de los municipios del anexo, acreditado mediante el alta en el censo de la AEAT.
  • Quienes hayan iniciado la actividad antes del 23 de julio de 2026, fecha de la declaración de emergencia de interés nacional.
  • Quienes estén al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Hacienda autonómica.

Se financian obras de reparación, rehabilitación o acondicionamiento de establecimientos, maquinaria, instalaciones técnicas, equipos productivos, mobiliario, programas informáticos y sistemas de seguridad. Quedan fuera el IVA y otros tributos, las consultorías de gestión ordinaria, los equipos de segunda mano y el leasing, así como los gastos corrientes, salvo las obras extraordinarias derivadas de los daños del fuego.

Diecisiete municipios del anexo

El ámbito territorial comprende las localidades incluidas en el anexo de las normas reguladoras:

  • Aldea del Fresno, Cadalso de los Vidrios, Cenicientos y Colmenar del Arroyo.
  • Chapinería, Fresnedillas de la Oliva, Navalagamella y Navas del Rey.
  • Pelayos de la Presa, Robledo de Chavela, Rozas de Puerto Real y San Martín de Valdeiglesias.
  • Santa María de la Alameda, Valdemaqueda, Villa del Prado y Zarzalejo.
  • El Escorial, exclusivamente la pedanía de Peralejo y el Camping El Escorial (M-600, kilómetro 3,500).

Veinte días hábiles y tramitación electrónica

El plazo de presentación es de veinte días hábiles desde el día hábil siguiente al de la publicación de este extracto. La solicitud se presenta solo por vía electrónica, mediante el modelo obligatorio de la sede electrónica autonómica, y exige estar dado de alta en el sistema de notificaciones telemáticas NOTE.

  • Período subvencionable: del 1 de agosto de 2026 al 31 de agosto de 2027.
  • Pago único anticipado, sin garantías.
  • Justificación: hasta el 30 de septiembre de 2027.
  • Resolución en un máximo de seis meses, con silencio desestimatorio.
  • Criterio de reparto: orden cronológico de solicitudes hasta agotar el crédito.

La Consejería ya articuló en septiembre una primera línea de emergencia, con un pago único de 10.000 euros por beneficiario —15.000 si no se había reanudado la actividad—, cuyo anexo se modificó el 21 de octubre para incorporar el Camping El Escorial tras su evacuación entre el 24 y el 27 de julio. Esta nueva convocatoria de inversión se suma a las subvenciones municipales y turísticas incorporadas al plan estratégico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local por la Orden de 7 de octubre de 2026 (BOCM número 250, de 20 de octubre).

Con este crédito, comercios, talleres, alojamientos y autónomos de la comarca disponen de financiación para reparar locales y renovar equipos, aunque el límite de 100.000 euros por solicitante y el reparto por orden de llegada obligan a presentar la documentación con rapidez: quien llegue después de agotado el crédito quedará fuera.


Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 260, de 29 de octubre de 2026, sección I.C) Otras Disposiciones, pág. 112 (referencia oficial: BOCM-20261029-30).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-29