JORF · 08 Sep 2026 · 2 vistas
Transporte de mercancías peligrosas: el decreto TMD endurece las normas
Por FactBox Admin

El ministerio de la transición ecológica, de la biodiversidad y de las negociaciones internacionales sobre el clima y la naturaleza ha publicado en el Boletín Oficial de la República Francesa una orden del 3 de septiembre de 2026 que modifica la orden del 29 de mayo de 2009 relativa al transporte de mercancías peligrosas por vías terrestres, denominada «orden TMD». El texto, aparecido en el JORF n°0209 del 8 de septiembre de 2026 bajo el NOR TECP2619161A, reforma la clasificación y el acondicionamiento de los residuos peligrosos procedentes de los puntos limpios y endurece las normas de seguridad aplicables a los transportistas.
La orden TMD de 2009 transpone al derecho francés el acuerdo europeo relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR). El nuevo texto actualiza el anexo I y el anexo IV (apéndice IV.11) de dicha orden, precisando especialmente las condiciones de exención, las prohibiciones de transporte y las obligaciones de acondicionamiento de los residuos recogidos en los puntos limpios y en los centros técnicos municipales.
Residuos de puntos limpios: una clasificación simplificada
El apéndice IV.11 ha sido profundamente remodelado. Los residuos procedentes de los puntos limpios clasificados como mercancías peligrosas en el sentido del ADR se transportarán a partir de ahora según disposiciones específicas, aplicables también a los residuos recogidos en los centros técnicos municipales durante una recogida en la vía pública. El título del párrafo 1.2 pasa a ser «Clasificación simplificada de los residuos».
La clasificación por asimilación se extiende a varias categorías de residuos, con números ONU dedicados:
- los líquidos inflamables de la clase 3 (n° ONU 1993);
- los sólidos inflamables de la clase 4.1 (n° ONU 3175);
- las materias comburentes de las clases 5.1 (n° ONU 1479 y 3139);
- las materias tóxicas de la clase 6.1 (n° ONU 2811 y 2810);
- las materias corrosivas ácidas y básicas de la clase 8 (n° ONU 3264, 3260, 3266, 3262);
- las materias peligrosas para el medio ambiente de la clase 9 (n° ONU 3077 y 3082).
Ciertos residuos permanecen excluidos de este régimen simplificado y siguen las disposiciones generales del ADR, especialmente las pilas y baterías de litio, los aerosoles, las pinturas bajo la disposición especial 650, las materias contaminadas por amianto no ligado y los envases de desecho no limpiados.
Acondicionamiento y embalaje común
El texto establece nuevas normas de acondicionamiento de los envases recogidos. Los residuos identificados en la tabla 1.2.2 pueden transportarse en envases de tipo 4H2V, 4H2, 1H2, 1H2V o 1A2, grandes envases de tipo 50H, GRV flexibles de tipo 13H3 o cajas de cartón de tipo 4GV, todos ellos cumpliendo al menos el nivel de prueba del grupo de embalaje II.
Para los residuos no identificados de la tabla 1.2.3, se aplican prescripciones más estrictas: los envases de menos de 10 litros se disponen en envases interiores que cumplan con el grupo de embalaje I, mientras que los de 10 litros o más deben colocarse en embalajes, grandes embalajes o cajas de cartón adecuados, con una capacidad máxima de 650 litros para los grandes embalajes.
El embalaje común está ahora regulado: está prohibido agrupar en un mismo embalaje exterior residuos pertenecientes a clases diferentes, así como ácidos y bases de la clase 8. Por el contrario, los residuos líquidos y sólidos de una misma clase de peligro pueden embalarse juntos, siempre que se respeten las disposiciones del ADR.
Prohibiciones de transporte y seguridad reforzada
El artículo 3 de la orden endurece las condiciones de transporte. Los bultos de mercancías peligrosas solo están autorizados en los casos de exenciones previstos en los párrafos 1.1.3.4 y 1.1.3.6 del ADR, con cantidades limitadas. Está prohibido el transporte de mercancías peligrosas de alto riesgo para las cuales figure el número «0» en la columna relativa a los bultos de la tabla 1.10.3.1.2 del ADR.
Las operaciones de carga y descarga también están reguladas: el conductor debe delimitar y señalizar la zona de intervención para alejar a cualquier persona ajena, y las materias afectadas ya no pueden ser objeto de un depósito previo en un lugar público. En materia de seguridad, la palabra «seguridad» (sécurité) es sustituida por «protección/seguridad» (sûreté), y se añaden dos nuevas infracciones: la ausencia a bordo de un agente de escolta autorizado y el incumplimiento de la prohibición de transportar mercancías peligrosas en un vehículo de transporte público de personas.
Alcance para los transportistas y las colectividades
Esta orden, publicada en el JORF n°0209 del 8 de septiembre de 2026 bajo el NOR TECP2619161A, tiene un impacto directo en los transportistas de residuos peligrosos y en las colectividades territoriales que gestionan los puntos limpios y los centros técnicos municipales. Al clarificar la clasificación por asimilación y precisar las reglas de acondicionamiento y embalaje común, tiene como objetivo asegurar la cadena de recogida de residuos peligrosos, reforzando al mismo tiempo la seguridad de los transportes. Los operadores deberán adaptar sus embalajes y sus procedimientos de carga para cumplir con los nuevos requisitos.
Fuente: Orden del 3 de septiembre de 2026 que modifica la orden del 29 de mayo de 2009 relativa al transporte de mercancías peligrosas por carretera (denominada «orden TMD»), NOR TECP2619161A, publicada en el Boletín Oficial de la República Francesa n°0209 del 8 de septiembre de 2026.