BOP de León · 30 Oct 2026 · 13 vistas
Trabajo completa las fiestas locales de 2027 para 39 municipios de León
Por FactBox Admin

La Oficina Territorial de Trabajo de León, dependiente de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, ha dictado una resolución complementaria que completa el calendario de fiestas locales retribuidas y no recuperables de 2027 en los municipios de la provincia que no figuraban en la relación inicial. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de León núm. 207, de 30 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOP-LE-2026-207028. La norma añade 39 municipios al listado vigente y modifica tres fechas ya aprobadas.
La resolución parte de la relación fijada por el mismo organismo el 20 de julio de 2026, publicada en el BOP de León núm. 144, de 31 de julio de 2026. Según el texto, han entrado en el registro de la oficina nuevas comunicaciones de ayuntamientos con sus propuestas de fiestas locales, por lo que se estima oportuno dictar “de manera excepcional” esta resolución complementaria. El documento invoca el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de jornadas de trabajo, jornadas especiales y descansos, y el artículo 4.c de la Orden PRE/813/2022, de 1 de julio, que define las funciones de las oficinas territoriales de trabajo. El anexo forma parte indisoluble de la resolución y ocupa seis páginas del boletín provincial.
Tres correcciones sobre el calendario ya publicado
El acuerdo dedica su punto segundo a rectificar tres fiestas de la resolución de julio, con el siguiente detalle:
- Matallana de Torío: en Robles de la Valcueva, donde decía 16 de agosto, debe decir 17 de agosto.
- Brazuelo: donde decía 17 de agosto, debe decir 23 de agosto.
- Vegaquemada: en Candanedo de Boñar se mantiene el 22 de enero, San Vicente, y se añade el 26 de julio, Santa Ana.
Los municipios incorporados al anexo complementario
El anexo complementario relaciona las dos fiestas anuales de cada municipio y, en su caso, de sus pedanías. Entre los ayuntamientos incluidos figuran Astorga, Balboa, Berlanga del Bierzo, Cabañas Raras, Campazas, Castilfalé, Castrocontrigo, Cea, Cistierna, Encinedo, Folgoso de la Ribera, Garrafe de Torío, Molinaseca, Murias de Paredes, Noceda del Bierzo, Puebla de Lillo, Puente Domingo Flórez, Reyero, Sabero, San Millán de los Caballeros, San Pedro Bercianos, Santa Colomba de Somoza, Santiago Millas, Sena de Luna, Soto de la Vega, Trabadelo, Valdefresno, Valderrey, Valle de Ancarés, Vallecillo, Valverde de la Virgen, Vega de Valcarce, Villablino, Villademor de la Vega, Villamañán, Villamol, Villaquilambre, Villares de Órbigo y Zotes del Páramo.
Algunos ejemplos del calendario fijado:
- Astorga: 23 de julio, Festividad de Astures y Romanos, y 23 de agosto, en honor a Santa Marta.
- Balboa: 19 de julio, Santa Marina, y 8 de septiembre, La Encina.
- Cistierna: 28 de mayo y 8 de septiembre.
- Molinaseca: 17 de agosto y 8 de septiembre, Patrona de El Bierzo.
- Villablino: 17 de agosto, San Roque, y 4 de diciembre, Santa Bárbara, para todo el municipio.
- Valverde de la Virgen: 5 de octubre, San Froilán, para todo el municipio.
- Santiago Millas: 26 de julio, por traslado del 25 de julio, y 9 de febrero, Martes de Carnaval.
Publicación, notificación y recursos
El punto tercero ordena publicar la resolución y su anexo en el Boletín Oficial de la Provincia y notificar el acuerdo a los interesados conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. El texto advierte de que la resolución no agota la vía administrativa: contra ella podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación ante la Delegación Territorial de León de la Junta de Castilla y León, de acuerdo con los artículos 121 y 122 en relación con el artículo 30 de la citada ley. El documento aparece firmado electrónicamente el 29 de octubre de 2026 por Alonso Santos Pérez, jefe de la Oficina Territorial de Trabajo.
La resolución cierra el mapa de festivos laborales de 2027 en la provincia y da cobertura a los municipios que habían quedado fuera de la primera relación, de modo que empresas y trabajadores de esas localidades ya conocen los dos días de descanso retribuido y no recuperable a los que tienen derecho. También corrige fechas que podían generar dudas en la confección de calendarios laborales y en la planificación de las plantillas municipales.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de León, núm. 207, de 30 de octubre de 2026, Sección I, págs. 61-66 (referencia oficial: BOP-LE-2026-207028).